La Junta de Extremadura tendrá que pagar 30.000 euros a una mujer a la que un menor que se encontraba tutelado por la Administración regional robó el bolso de un tirón y causó lesiones.

Así lo establece una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) por la que se estima el recurso interpuesto por la víctima, Isabel G. G., contra la resolución de la Consejería de Bienestar Social, de fecha 10 de mayo del 2005. Por dicha resolución, la consejería desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial que la mujer había presentado "por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del robo realizado por el menor el 21 de enero del 2001".

El Juzgado de Menores declaró probado, en sentencia de 28 de noviembre del 2002, que el menor tutelado por la Junta fue quien dio un fuerte tirón del bolso a Isabel G. G. provocando que cayera al suelo y produciéndola diversas fracturas.

La víctima presentó reclamación patrimonial a la Administración, pero ésta lo desestimó. Alegaba la incompetencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo en este caso, en atención a que se trataría de una acción civil derivada de un hecho delictivo. Pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo advierte que el daño causado derivó de un funcionamiento de los servicios públicos en el momento en que el menor se fugó de la acción de vigilancia de la Administración, "acción competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo".