La Torre de los Púlpitos es de titularidad municipal. Por dos veces lo ha determinado así ya la Justicia, en respuesta a la demanda presentada por el Ayuntamiento de Cáceres contra la familia Mayoralgo.

Uno y otros reclamaban la propiedad y la Justicia ha respondido a favor del consistorio, ya en dos ocasiones. Lo hizo el primer lugar el Juzgado de Primera Instancia 4 de Cáceres el pasado 6 de marzo, y lo hace ahora de nuevo una instancia superior, la Sección Primera de la Audiencia Provincial.

La resolución judicial en este asunto es clara: "La llamada Torre de los Púlpitos, situada en la muralla de la Ciudad Monumental, junto al Arco de la Estrella, es de titularidad municipal", recoge la sentencia judicial, en la que se añade, como razón, "por no haber existido adquisición de la propiedad de dicha torre, ya por prescripción adquisitiva, ya por cualquier otro título, a favor de los descendientes de Michael de Mayoralgo".

Y en base a ello, se declara "haber lugar a la recuperación a favor del ayuntamiento del derecho de uso de la torre otorgado a Michael de Mayoralgo por acuerdo de 6 de octubre de 1.764, que lo fue por pura benevolencia y sin pago de renta o merced"; y en consecuencia "condeno a los demandados (hasta 16 miembros de la familia Mayoralgo) a restituir el uso de la Torre de los Púlpitos al Ayuntamiento de Cáceres".

Así lo resolvió el Juzgado, pero la familia afectada, disconforme con su sentencia, recurrió a instancias superiores. Su recurso de apelación, tras su estudio, ha sido ahora desestimado por la Audiencia Provincial, que confirma "íntegramente" la sentencia del Juzgado, y condena a los apelantes "al pago de las costas causadas".

UN ACUERDO DE 1764 Hay que remontarse a hace más de dos siglos para explicar los motivos que han llevado a los Mayoralgo y el ayuntamiento a pleitear por la propiedad de la Torre de los Púlpitos, que por cierto quiere el consistorio hacer visitable.

Precisamente para concluir con sentencias a favor del ayuntamiento, para determinar que la famosa torre es de los cacereños y no de los Mayoralgo, tanto el Juzgado como la Audiencia han analizado y tenido en cuenta documentos de 1764. En concreto, los acuerdos municipales de fecha 15 de septiembre y 6 de octubre de dicho año por los que el Ayuntamiento de Cáceres atendió la petición que Michael de Mayoralgo hizo sobre el uso de esta torre. El acuerdo, "conceder la gracia y merced que se pide sin perjuicio de tercero y quedando a beneficio de esta villa y a su arbitrio de poder usar de referida muralla y torre en los tiempos y casos de guerra".

Ya en el año 2004, y ante un informe de la Oficina de Inventariado sobre la existencia de un derecho de uso y disfrute de la Torre de los Púlpitos a favor de la familia Mayoralgo y la conveniencia de que el ayuntamiento la recupere para fines turísticos, la Junta de Gobierno Local acuerda, el 15 de junio, "requerir a José de Mayoralgo el desalojo de la torre, dejándola libre y a plena disposición del ayuntamiento, con el apercibimiento de que en caso contrario se ejercitarán las acciones procedentes para la recuperación del uso de dichos bienes".

Y hubo de ejercerlas. El consistorio reclamó ante la justicia este bien, alegando que el uso de dicha torre a Michael de Mayorlago "lo fue en concepto de precario, por una benevolencia y sin pago de renta o merced, pudiendo recuperarlo en cualquier momento"; y solicitando que se ordenara su desalojo. Y así lo han resuelto tanto el Juzgado como la Audiencia