El juzgado de lo Penal 1 de Cáceres absuelve a las tres docentes del colegio Sagrado Corazón (la directora, la orientadora y la tutora del menor) del delito contra la integridad moral en su modalidad de comisión por omisión que se les imputaba. El juez titular, Rafael Estévez, estima que no puede considerarse que hicieron dejación de funciones porque llevaron a cabo medidas orientadas a frenar lo que estaba ocurriendo y a proteger al menor víctima de este acoso. La acusación particular, por el contrario, considera que ninguna llevó a cabo acciones para averiguar quiénes fueron los autores ni para que la situación no volviera a repetirse. Cabe recordar que en este caso la Fiscalía no consideraba que pudiera imputarse delito penal alguno.

Lo único que ha probado el juzgado es que el alumno, que en aquel momento tenía 12 años y cursaba 1º de la ESO, tuvo un altercado en el recreo el 13 de diciembre del 2012, lo que le provocó un estado de importante agitación nerviosa y un llanto permanente. Esto, añade la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, tuvo como consecuencia la «intervención inmediata de la orientadora y de la tutora» -ambas defendidas por la asesoría jurídica de la Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza (FSIE)- del centro educativo. Ellas se ocuparon de tranquilizar al niño después de dialogar con él en las escaleras del patio. Luego se dirigieron a las aulas donde se encontraban los supuestos protagonistas de aquella pelea, «para reprenderles por su comportamiento, amonestándoles».

Cuatro días después de aquel episodio vivido en el recreo la directora tuvo una reunión con los padres, quienes le pusieron de manifiesto que tenían sospechas de que su hijo podía estar siendo víctima de una situación de hostigamiento prolongado. Se habían enterado a través del relato de otro alumno del colegio, con el que coincidieron desayunando en una excursión. Tras este encuentro se celebró en el centro una reunión de la comisión pedagógica con la comunidad educativa. Así la directora optó por transmitir el problema al resto de docentes y tratarlo «como tema preferente y fuera del orden del día».

En este encuentro ya se acordó, añade el fallo del Juzgado de lo Penal, como «medida de intervención urgente, inmediata y cuasi de choque», el refuerzo de la vigilancia de los recreos, tanto en el propio patio como en los accesos al mismo. Para ello se optó por poner más personal, hasta tal punto que llegaron a desempeñar dicha labor hasta diez profesores al día (hasta entonces los recreos los cubrían cuatro). En esa supervisión diaria, recalca también la sentencia, ninguno de los docentes «llegó a detectar ningún incidente digno de mención» con respecto al menor.

OTRAS MEDIDAS ADOPTADAS / Además de esto, prueba el juzgado, se estableció la obligación de que la tutora tuviera un contacto personal con el menor después de cada recreo, al objeto de conocer, de primera mano, si había vuelto a ser víctima de cualquier molestia o perturbación por parte de algún compañero. Asimismo se fijó una visita semanal del menor a la orientadora para que, desde su óptica profesional, pudiese detectar cualquier problema emocional que pudiera estar afectando al niño y conseguir así «salir al paso de cualquier posible situación de nueva tensión».

Todas estas actuaciones, añade el juez, «fueron fruto de una reunión mantenida por dichas profesionales con los progenitores del menor» y estuvieron desarrollándose hasta que el niño se marchó del colegio, el 29 de enero del año siguiente. En este tiempo, vuelve a insistir el juzgado en la sentencia, «no se reveló por el menor, ni fue detectado por las docentes, ningún acto de menosprecio o descrédito en contra del mismo» y, ni mucho menos, «especie alguna de acometimiento físico por parte de otros estudiantes».

Asimismo estima que la delegación provincial de educación no tuvo conocimiento de los hechos hasta un día antes de que el niño fuera trasladado a otro colegio; mientas que la inspección estuvo al corriente, desde el momento inicial, de las medidas adoptadas por el equipo directivo. En todo momento estas actuaciones contaron con el visto bueno de esta institución.

El Juzgado de Menores ya condenó a tres alumnos por estos hechos, acusados de acoso escolar. El fallo fue después ratificado por la Audiencia Provincial. Estos episodios llevaron al menor a tener que recibir tratamiento psicológico orientado a corregir un estado de ansiedad y depresión con ideas suicidas. En estos momentos, cuatro años después, ya se está empezando a recuperar.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación. La acusación particular, ejercida por el abogado Emilio Cortés, insiste en que ninguna de las tres llevó a cabo medidas para acabar con la situación que vivía el menor y anuncia que recurrirá.