El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 estima en una sentencia dictada el jueves el recurso interpuesto por el grupo municipal del PP por la decisión del pleno del ayuntamiento que invalidó el concurso que se convocó en febrero de 2016 para la organización de festejos taurinos. La resolución no es firme, cabe recurso, por lo que por ahora no tiene incidencia. En este proceso está por un lado el grupo municipal del PP, que está al frente del gobierno local, y por otro el resto de partidos (PSOE, C’s y Podemos), que tienen mayoría en el pleno y que en marzo de 2016 acordaron que se eliminase cualquier aportación económica a los festejos taurinos, lo que derivó en la resolución que la alcaldía dictó un mes después y por la que se renunció a celebrar el concurso.

La resolución del juzgado se basa en que con la decisión del pleno se acordó una modificación del presupuesto municipal sin cumplir con el proceso de información pública y reclamación. Sin embargo, esa modificación no se habría producido porque el acuerdo no afectaba al presupuesto de 2016, en ese momento en vigor, sino a las cuentas a elaborar para el año 2017.

El concurso se convocó en 2016 con el compromiso de que el ayuntamiento aportaría 40.000 euros al empresario de la plaza para garantizar la viabilidad de los festejos con las condiciones que se pedían. Pero, según se indicaba en el pliego del concurso, esta cantidad no se consignaba en el presupuesto de 2016, ya que el ayuntamiento realizaba el gasto al final de cada año, por lo que el crédito necesario para atender la subvención iba en el presupuesto de 2017.

En el presupuesto de 2016 había 25.000 euros destinados a la subvención al empresario taurino, pero correspondían a la temporada de 2015. Cuando en 2014 se sacó el primer concurso con subvención también se indicaba en el pliego que la aportación del consistorio se abonaría una vez finalizado cada año de contrato.

MODIFICACIÓN / El juzgado acepta el argumento del PP de que el acuerdo del pleno se tomó prescindiendo del procedimiento establecido para modificaciones presupuestarias porque aún no se había presentado el presupuesto de 2017. Pero en la sentencia, cuando se desarrolla esta reclamación, se alude a que con la decisión del pleno se llevó a cabo una modificación de crédito del presupuesto de 2016 sin cumplir la norma, ya que en el párrafo siguiente se añade que el acuerdo del pleno sí afectó a las cuentas de 2016 porque en las mismas aparecía la citada partida de 25.000 euros.

El juzgado considera en su resolución que el pleno con su acuerdo no invadió competencias de la alcaldía en materia de contratación, que era una de las cuestiones decisivas que se veían en este proceso, porque su decisión se limitaba a la subvención.

El PP no hizo ayer valoraciones y remitió al lunes. La concejala socialista Belén Fernández sí indicó ayer que la sentencia se apoya en una modificación de crédito en el presupuesto de 2016 que no se produjo y que ahora su grupo estudiará si presenta recurso, para lo que tienen que llegar a un acuerdo los tres partidos de la oposición. «Tenemos que hablar con el resto de grupos», apuntó la portavoz de Podemos, Consuelo López, que recordó que durante el procedimiento no se informó a la oposición de los pasos dados porque la información de los servicios jurídicos del ayuntamiento, que representan a los partidos de la oposición, acababa en la junta local de gobierno, formada por ediles del PP. Fernández también expresó la misma queja. El portavoz de C’s, Cayetano Polo, que ayer por la tarde se encontraba fuera de Cáceres, aseguró no conocer aún con profundidad el contenido de la resolución e indicó que «hablaremos con el resto de grupos» sobre si se interpone recurso.