Hubo un tiempo, no tan lejano, que las serranías extremeñas estaban repletas de animales salvajes, actualmente protegidos o aniquilados, debido a la persecución que sufrieron durante siglos por el hombre. Tanto las alimañas como los considerados animales dañinos, fueron perseguidos y eliminados debido a las grandes pérdidas que producían, especialmente entre los ganados y entre las especies consideradas cinegéticas. Las batidas para acabar con zorras y lobos fueron una constante durante gran parte del pasado. Aunque a estas especies hay que añadir garduñas, ginetas, tejones, hurones o linces y también rapaces como águilas, búhos, milanos, halcones o buitres. Todos ellos eran susceptibles de ser aniquilados por decreto, como establecían las órdenes de cada época.

En 1596 una Real Provisión firmada por el propio monarca Felipe II, obligaba a pagar a los vecinos que eliminasen «alimañas y animales salvajes» en el término de la villa cacereña, de manera especial se ordena que «se maten los lobos y zorras que huebiere en la dicha villa», específicamente se decreta el pago sobre 85 alimañas que se habían cazado en la aldea de Arroyo del Puerco. Este tipo de normativas se extienden hasta muy entrado el siglo XX, cuando aparecen las primeras disposiciones para la protección de ciertos animales salvajes, debido a su casi total extinción. En 1608, sabemos que se pagaban 44 reales por cada cabeza de lobo y lo mismo por cada camada de más de tres crías que los alimañeros presentasen ante las autoridades locales, lo mismo se pagaba por las zorras. Para poder cobrar, se tenían que presentar las cabezas de los animales ante la autoridad rural, para que le fuesen cortadas las orejas, de esta forma no se podía cobrar dos veces por la misma pieza. En 1698 se pagaba lo mismo por lobos, zorras o alimañas que fuesen cazadas tanto por escopeteros como por medio de trampas y lazos.

En 1712, se realiza un reparto entre aquellos vecinos que tenían ganados mayor y menor, fuesen estos tanto riberiegos, no trashumantes, como hermanos de la Mesta, trashumantes. Ellos eran los que debían de pagar la eliminación de las diferentes especies, de manera preferente lobos y zorras, los grandes depredadores que afectaban a la seguridad e integridad de sus rebaños. Las pieles de estos animales eran subastadas por el propio ayuntamiento. En 1865 se pagaban cuatro reales por cada piel existente en el depósito municipal, siempre que se tratase de animales considerados dañinos. Este tipo de repartos se van a repetir cada dos años, hasta el siglo XX, cuando, por decreto de 11 de agosto de 1953, se crean las llamadas Juntas de Extinción de Animales Dañinos, siendo Cáceres una de las 20 provincias que se incorporan a esta Junta. Las Juntas funcionan hasta 1971 que cambia la normativa para la eliminación de animales salvajes no cinegéticos. Como dato, indicar que entre 1954 y 1962 en el término municipal de Cáceres se aniquilaron 380 lobos y 2.225 zorras, de forma «legal», porque de manera furtiva es difícil cuantificar este proceso de exterminio de gran parte de la Extremadura salvaje.