La junta local de gobierno del ayuntamiento dio el visto bueno en su sesión del pasado 9 de septiembre a un escrito presentado por la alcaldesa, Elena Nevado, en relación al procedimiento que se tramita en el juzgado Contencioso Administrativo número 1 a instancia del exsecretario general del ayuntamiento, Manuel Aunión. En su texto, la regidora cacereña asegura que en los años 2014 y 2015 ningún miembro de la corporación municipal requirió ni autorizó al exsecretario general la prestación de servicios de carácter extraordinarios.

En su demanda, Aunión, que se jubiló el 14 de diciembre de 2015 tras más de tres décadas en el ayuntamiento, reclama el pago de los servicios extraordinarios que realizó en los años 2014 y 2015 y que ascienden a 15.281 euros. Entre los servicios correspondientes a 2015, en la propuesta que el exsecretario general formuló en diciembre de ese año hay horas de actos preparatorios en jornada de tarde de comisiones informativas, plenos, mesas de negociación y juntas locales de gobierno, además de horas de tutoría de prácticas del grado de gestión y administración pública y de actos protocolarios. La reclamación hecha por los servicios extras de 2015 fue desestimada por la alcaldía en una resolución del 10 de febrero del 2016.

En la misma línea que en la resolución del pasado febrero, en el escrito que se llevó a la junta de gobierno de hace dos viernes se asegura por la regidora cacereña que el exsecretario general no le trasladó en ningún momento que hubiese circunstancias excepcionales que conllevasen una carga laboral extraordinaria que le llevase al ejercicio de sus funciones fuera de su jornada laboral ordinaria, además se afirma que los servicios extraordinarios reclamados responden a la iniciativa del trabajador y no a que se le hayan exigido por su puesto o necesidades del servicio.

Sesión de tarde // En otro de los puntos recogidos en el texto se apunta que en los dos años objeto de la demanda no se solicitó al exsecretario su presencia los jueves por la tarde para la preparación de los contenidos de la junta local de gobierno, que se reúne los viernes por la mañana. En el escrito se agrega que no solo la alcaldesa, sino ningún miembro de la corporación local, requirió ni autorizó al exsecretario la realización de servicios de carácter extraordinario. En un último punto, en el escrito presentado a la junta local se añade que tampoco se requirió la presencia del extrabajador del ayuntamiento en actos protocolarios.

La primera vista de este proceso se celebró el pasado 12 de septiembre, pero el titular del juzgado de lo Contencioso Administrativa número uno acordó su aplazamiento tras requerir a la abogada del ayuntamiento que se remitiese toda la documentación pedida por el demandante como prueba.

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno, en un auto del pasado 28 de julio, ya rechazó una reclamación interpuesta por el ayuntamiento cacereño frente a su providencia en relación a medios de prueba señalados en la demanda. El juzgado admitió a trámite la demanda el pasado 5 de julio.