Los presupuestos del ayuntamiento incluyen en el capítulo de gastos corrientes una partida de seis millones de euros para el contrato de abastecimiento a Cáceres y de 1,2 millones para el de depuración (el ciclo integral del agua). En total, más de siete millones solo de los contratos. La gestión de los dos servicios, que son de competencia municipal, es el motivo del último capítulo de las diferencias entre PSOE e IU.

El consistorio apostó hace 15 años por la gestión indirecta, a través de una empresa privada, del abastecimiento. Ese contrato se adjudicó a Canal de Isabel II (ente público de derecho privado) tras ganar a otras cinco empresas que concurrieron al concurso que convocó el consistorio. El contrato acaba en enero, son unos procesos difícil de resolver y aún no está claro qué modelo de gestión se aplicará.

El antecedente de un concurso de estas características fue el de la basura, que hubo que prorrogar a última hora con la consiguiente polémica, tanto política como técnica. El actual contrato del agua permite, al menos, una prórroga hasta que entre el nuevo contratista, pero esa prórroga no puede superar los seis meses (hasta agosto del 2010 habría de plazo), aunque sería una incongruencia prolongar la decisión mucho tiempo cuando ya se han aprobado unos presupuestos con un canon que depende de la resolución del concurso y para cumplir esta previsión se debería resolver en el 2009.

Más que el canon, lo que separa a los dos partidos del gobierno local es el modelo de gestión del servicio. Si se atiende al canon que se incluye en el presupuesto, se está apostando por un contrato de gestión con la concesión del servicio, al menos el canon que se ha incorporado en las cuentas se ha calculado partiendo de esta posibilidad. Si hay concesión y entrase una empresa enteramente privada, el pacto PSOE-IU se rompería, esto es lo que se ha anunciado desde IU, ya que en el acuerdo firmado al principio de la legislatura se precisa que las concesiones, como la del agua, que finalicen volverán a la gestión pública si resultase técnicamente posible. En el agua, IU estima que es factible, aunque por ahora no se ha desarrollado esta solución, pero ha dado como alternativa la de la empresa mixta.

Las fórmulas para la gestión del agua son muy diversas, puede darse una gestión directa del ayuntamiento, como estaba hace 15 años, pero son muy pocos los consistorios que optan por esta solución. Se puede constituir una empresa pública municipal para la gestión del servicio, como en Sevilla, Córdoba o Vitoria. Se puede repetir la concesión a una empresa privada (Canal de Isabel II está con una concesión administrativa) o se puede crear una empresa mixta, como en Las Palmas --donde tienen un problema puntual con el nivel de boro en el agua--, en Murcia o en Linares. (En León se va a optar por esta solución y se tiene una previsión de ingresos por el canon del agua que aportaría la compañía que entrase con el ayuntamiento en la empresa mixta).

Fórmulas hay muchas, pero hasta ahora no se ha puesto sobre la mesa la viabilidad de una alternativa a la concesión, que es la solución que se tiene, pero que ha provocado la crisis de gobierno.

El precio que el ayuntamiento paga ahora por el agua (captación, tratamiento, distribución...) sale de la oferta que Canal de Isabel II ofreció hace 15 años por cada mil litros tratados y de su actualización. En el contrato con Canal, el ayuntamiento excluyó la recaudación de tasas a pagar por los usuarios, de su gestión se encarga directamente el consistorio.

Un contrato de gestión de un servicio, por concesión, gestión interesada (empresa privada o de capital mixto ayuntamiento-empresa) o sociedad de economía mixta, puede durar hasta 50 años.

En la concesión, la empresa privada se hace cargo de la gestión completa y financia su actividad con las tarifas que percibe de los usuarios. En las concesiones, la gestión es a riesgo y ventura del empresario. En la gestión interesada, la administración y el empresario intervienen en los resultados de explotación en la proporción en la que participen en la empresa que se constituyese. En este caso, el canon se podría aplicar sobre los beneficios que obtuviese la compañía de la parte proporcional en la que participe en la empresa mixta, que sería menor que en una concesión, donde la empresa privada está al 100%.