Agredió de tal forma a un joven que de una patada le estalló el globo ocular. Pasará por ello seis años en prisión, además de pagar 114.314 euros de indemnización a su víctima, a la que no podrá acercarse a menos de cien metros durante 10 años.

Es la condena que, por un delito de lesiones graves, ha impuesto la Audiencia Provincial a P. M. M., un joven cacereño de 23 años que el pasado 31 de octubre fue juzgado por unos hechos ocurridos en Cañamero hace poco más de dos años. Eran aproximadamente las cuatro de la madrugada del 10 de octubre del 2004 cuando el acusado, junto a un hermano menor de edad, comenzó a insultar y a molestar a otro joven en una discoteca de Cañamero, hasta el punto de que el dueño del local les invitó a marcharse.

Pero los hermanos, según recoge el tribunal que ha condenado a P. M. en su sentencia, en lugar de marcharse permanecieron a unos 20 metros de la discoteca esperando a que el otro joven saliera. Cuando llegó a su altura, se añade, "P. M. se lanza sobre él, le tira al suelo y empieza a darle patadas en la cabeza y en la cara a la altura del ojo, impactando varias de ellas en el globo ocular izquierdo del joven agredido".

El lesionado, que perdió el globo ocular, "ha sido declarado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales incapaz total pata su profesión habitual --pintor oficial de segunda en Construcción-- con fecha 12 de mayo del presente año, debido a las secuelas, que le producen limitaciones órganicas y funcionales consistentes en prótesis ocular izquierda y visión monocular".

INTENCIONADO Aunque en el juicio el acusado afirmó que su víctima les provocó y les insultó, que él estaba bebido y que lo único que hizo fue defenderse, el tribunal, en base a las pruebas y el testimonio de los numerosos testigos, considera probado que P. M. "fue consciente y dueño de sus actos en todo momento", y resuelve en su sentencia que "la declaración del acusado no es creíble ni, por ello aceptable". Frente a ello califica de "creíbles y lógicas" las declaraciones de los testigos, coincidentes en que ninguno de los hermanos M. estaba borracho y que el agredido no les provocó.

Le impone, por ello, una condena de 6 años de prisión, que entiende "es lo procedente de acuerdo al hecho en sí, a su gravedad y a sus consecuencias", y el pago de una indemnización de casi 115.000 euros, "al ser la lesión causada irreversible y para toda la vida", además de "verdaderamente traumática".