La ordenanza municipal reguladora de la convivencia ciudadana y de la protección del entorno urbano es la encargada de regular el uso de los artificios pirotécnicos. La normativa entró en vigor en junio del 2006.

En el artículo 16 se explica que el lanzamiento de fuegos de artificio no podrá realizarse sin conseguir una previa licencia municipal, ya sea en verbenas, ferias o fiestas populares de cualquier clase.

La ordenanza prohibe además el lanzamiento y la explosión de cualquier tipo de cohetes, ingenios explosivos, petardos o cualquier otro elemento que tenga similares características y en las vías y espacios de uso público.

En cuanto a las sanciones dependerá del grado de gravedad de la actuación y de las consecuencias que conlleve. Pero oscilan entre los 750 y los 1.500 euros. Esta ordenanza solo incide en sanciones administrativas, aunque las acciones pueden suponer también un castigo penal, dependiendo del daño causado. Esto será decido por un juzgado.