Aquellos locales con una superficie útil máxima de 200 metros cuadrados. El presupuesto subvencionable será, como máximo, del 40 por ciento del presupuesto de ejecución material de la obra efectivamente ejecutada, según la certificación expendida por la dirección facultativa de las obras o, en caso de obra menor no necesitada de proyecto, por el técnico competente. En ningún caso se contemplarán ayudas para aquellos establecimientos que no se correspondan con los usos definidos para el casco histórico en el proyecto de revitalización comercial.