Existe una auténtica lista de tesoros donde figuran edificaciones, restos arqueológicos, lenguas, documentos e incluso jardines que son merecedores de una especial protección por su alto valor. Extremadura posee la suya desde 1999. Es el Registro de Bienes de Interés Histórico y Cultural (BIC), un preciado catálogo de la riqueza patrimonial con un total de 261 joyas. Cáceres tiene un peso muy destacado, con 15, solo detrás de Mérida, con 27. No están todas las que son, pero son todas las que están. El hecho de incluirse en el listado les concede protección inmediata y el rango de dominio público , aunque sigan siendo propiedad privada.

Todas constituyen el Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura y se regulan por una ley regional de 1999, que pretende conservarlas para su investigación y transmisión, con el fin de preservar la tradición histórica. Existen nueve categorías distintas, y Cáceres tiene presencia en tres de ellas. En primer lugar figuran los Monumentos , donde la capital cacereña incluye un total de trece: Casa Mudéjar, Casa delas Veletas, Concatedral de Santa María, Chalet de los Málaga, Oratorio-Enfermería San Pedro de Alcántara, Palacio de Camarena (sede de los arquitectos), Palacio de los Golfines de Abajo, Palacio de los Golfines de Arriba, muralla, plaza de Toros, Ruinas Romanas de Cáceres el Viejo, Casa del Mono y Archivo Histórico Provincial (Palacio de Moctezuma).

En la segunda categoría, Conjuntos Históricos , Cáceres también figura con toda su Ciudad Monumental, y en el apartado de Zona Arqueológica posee la Cueva de Maltravieso. De momento no tiene presencia en las seis clasificaciones restantes (Jardín Histórico , Zona Paleontológica , Lugares de Interés Etnológico ...), pero actualmente se tramitan dos expedientes más para declarar el poblado minero y la Preciosa Sangre (iglesia, convento y Casa del Sol).

CONSERVACION Y VISITAS El trámite corresponde a la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta. Una vez aprobado, el nuevo BIC goza de la máxima protección, necesita permisos para cualquier obra y los dueños tienen la obligación de facilitar la inspección, el acceso de investigadores y las visitas del público, según el acuerdo que se alcance con la administración (normalmente 4 días al mes, siempre sin invadir la intimidad). El titular debe conservar el inmueble y realizar las reformas necesarias (con opción a ayudas). De lo contrario puede ser multado e incluso expropiado.