La Asociación de Empresarios Floristas de Extremadura (Asemflor) celebrará en próximos días una asamblea en la que, entre otros asuntos, se abordará qué medidas adoptará el colectivo ante la apertura del quiosco de flores de Avelina, abierto hace una semana y que está en el paseo de Calvo Sotelo. El sector opina que se ha cometido "un agravio comparativo", apuntó su presidente, Alberto Barrado, y que se produce "un trato desigual" al autorizarse la instalación de un establecimiento de venta de flores en el paseo más céntrico.

Por su parte, Santiago Merino, representante de Avelina Sánchez y de su hijo, Angel Amado, que es el titular de la autorización dada por el ayuntamiento, recordó que "guste o no guste" hay una sentencia, y apuntó que se trata de un caso singular, en el que la autorización municipal se dio a una persona con una discapacidad. Merino matizó que en Cáceres, al igual que en otras ciudades, hay establecimientos parecidos en la vía pública, regentados por personas con discapacidades, que cuentan con licencias dadas por el consistorio.

El caso del quiosco de Avelina se remonta a 1994 cuando el pleno de la corporación municipal aprobó dejar sin efecto la licencia concedida en 1983 a Avelina Sánchez para la instalación de un quiosco en la avenida de Primo de Rivera. La siguiente fecha significativa es febrero del 2001, cuando se la desalojó de Primo de Rivera. Entre el 2002 y el 2003, el ayuntamiento concedió licencia de uso del dominio público en el parque de Calvo Sotelo, construcción de un quiosco y apertura. En octubre del 2003, decidió la suspensión de las licencias ante una petición de revisión de oficio solicitada por una empresa del sector y en base a que las autorizaciones no se ajustaban a la ley.

PROCESO ABIERTO En el 2004 y en el 2005, en sentencias del juzgado y de la Sala de lo Contencioso se falló en contra de la suspensión de las licencias, y el quiosco se abrió. Pero el proceso legal no se ha cerrado, ya que hay otro contencioso de la Junta de Extremadura (la Consejería de Desarrollo Rural requirió a finales del pasado año al consistorio la anulación de las licencias).

Aparte de consideraciones urbanísticas, el problema de fondo, en el que no entran las sentencias, es la autorización dada por el ayuntamiento para el uso de un bien de dominio público (el parque). El consistorio concedió una licencia de uso común especial (el titular es discapacitado), cuando, según el sector, los propios informes municipales y la Junta, se ha autorizado un uso privativo de un bien público sin concurso ni licitación previa y abierta a cualquier persona.