Los sindicatos CSIF y CCOO han presentado alegaciones a la aprobación inicial de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del ayuntamiento para 2017. Ambos coinciden en el rechazo a la provisión de puestos mediante libre designación. CCOO lo especifica en su reclamación, mientras que desde CSIF están en contra de soluciones que no sigan criterios de «igualdad, mérito y capacidad», indicaron ayer en el sindicato. El ayuntamiento es uno de los principales centros de trabajo de la ciudad, cuenta con una plantilla de 623 trabajadores. La plantilla se incluyó dentro del presupuesto de 2017, pero la relación no se ratificó inicialmente hasta unos días después y su aprobación definitiva depende de la resolución de las alegaciones presentadas. Al menos CSIF y CCOO, además de las que hayan entregado trabajadores a título personal, han reclamado. La RPT es un documento técnico con el que se realiza la ordenación del personal del ayuntamiento conforme a las necesidades de los servicios, precisando los requisitos para el desempeño de cada trabajo. Además especifica el complemento específico de la retribución salarial que percibe cada trabajador.

En la alegación de Comisiones Obreras se expresa su disconformidad con que la forma de provisión de determinados puestos sea la libre designación, en concreto se alude a los de conductor de la alcaldía, letrado mayor y jefe del servicio técnico de Urbanismo. CCOO cita jurisprudencia del Tribunal Supremo para concluir que no basta la mera inclusión en la relación para que un puesto haya de ser cubierto por libre designación, sino que es preciso demostrar y no solo motivar formalmente que el puesto no puede ser cubierto mediante los procedimientos ordinarios.

En cuanto a las plazas de letrado mayor y jefe del servicio técnico de Urbanismo, el sindicato asegura que en ningún momento en la relación se justifica la especial responsabilidad que se les atribuye ni que ésta vaya más allá de la que corresponde a todo empleado de carácter técnico del ayuntamiento. Sobre el puesto de conductor, el sindicato añade en una de sus alegaciones que el Tribunal Supremo «ha declarado improcedente la adopción del sistema de libre designación con relación a puestos de trabajo de diversa índole entre los que se encuentra el de conductor de los cargos políticos». En la memoria de la relación aparecen cuatro puestos para cubrirlos mediante libre designación con convocatoria pública, además de los tres citados también está el de intendente jefe de la policía local.

En otro punto de su reclamación, CCOO asegura que ha habido «falta de negociación» de la RPT y que «no se han entregado ni informes, ni estudios ni antecedentes administrativos que justifiquen las numerosas modificaciones introducidas tanto en la plantilla como en la relación». La falta de negociación fue uno de los argumentos expuestos por los grupos municipales del PSOE y de CACeresTú (Podemos) cuando votaron en contra de la aprobación inicial de la relación en el pleno de la corporación local.

RECUPERAR EL 5% / En las alegaciones de CSIF se alude a casos concretos de trabajadores que quieren que se modifiquen las condiciones que establece la RPT para sus puestos, pero también se hacen consideraciones generales, así se incide en que hay un vacío en varias secciones entre las funciones de los administrativos jefes de negociado y los jefes de sección, motivo por el que se considera conveniente llenar el hueco que hay con la creación de plazas de técnicos medios.

CSIF también pide que se suprima de la memoria de la relación las referencias a nuevos puestos de jefe de servicio de recursos humanos y de urbanismo dado que no cuentan con partida presupuestaria o bien «que se dote a estos puestos de consignación presupuestaria a través de la creación de las plazas correspondientes en la plantilla y que una vez consignados sean provistos en la forma reglamentaria», con un concurso sin libre designación. CSIF, que entre sus reclamaciones está que los trabajadores recuperen el 5% perdido en 2010, también propone otra organización para el área de proyectos estratégicos y edificación y que se incluya en la misma el servicio de mantenimiento.