La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx ha desestimado la demanda de unos padres que reclamaban a la Administración regional una indemnización de 400.000 euros por la muerte de sus gemelos.

Ocurrió hace casi 4 años. Según se recoge en la sentencia, la demandante fue objeto de seguimiento médico de su embarazo gemelar por el Servicio de Ginecología del Hospital de Navalmoral que, "tras diversas vicisitudes", decidió su remisión al Hospital La Paz de Madrid. Tras su ingreso en este, el 5 de enero, se comprobó que el primero de los gemelos "se hallaba muerto" y el segundo "padecía bradicardia extrema con posibilidades casi nulas de supervivencia", por lo que se realizó una cesárea. Uno de los niños nació muerto y el otro falleció a los cinco días.

Transcurrido un año, el 11 de enero del 2008, los padres solicitaron una indemnización de 400.000 euros en concepto de responsabilidad patrimonial "por la pérdida del feto y del recién nacido, sufrimiento en el embarazo y daños psíquicos".

La Consejería de Sanidad la denegó "al entenderse extemporánea", y ellos recurrieron ante el TSJEx, que ha desestimado su recurso. Resuelve que la Administración "posee razón al entender que la reclamación se ha interpuesto fuera del plazo legal, ya que desde el 10 de enero del 2007, fecha del fallecimiento del gemelo nacido vivo, hasta el 11 de enero del 2008 en que se interpone la reclamación, ha transcurrido en exceso el plazo y, por tanto, es claro que ese daño reclamado es extemporáneo".