El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la revocación que ejecutó la Junta de Extremadura contra la declaración de Cáceres como zona de gran afluencia turística (ZGAT), que permitía la apertura de 16 domingos al año y que el ayuntamiento cacereño decidió impugnar en los tribunales.

La decisión del Gobierno socialista de Guillermo Fernández Vara, que también afectó a los municipios de Mérida, Moraleja y Badajoz, anulaba la posibilidad de que los establecimientos comerciales cuya superficie sea mayor de 300 metros cuadrados pudieran abrir los seis días festivos adicionales (primeros domingos de febrero, marzo, abril, mayo, junio y octubre).

La declaración de zona de gran afluencia turística para estos municipios la aprobó el Gobierno del PP de José Antonio Monago en 2013.

Al respecto, la alcaldesa popular, Elena Nevado, ha calificado de "decisión unilateral" la revocación de la Administración regional en 2016, que el Ayuntamiento de Cáceres decidió recurrir en los tribunales, y la sentencia del TS "supone un varapalo a la Junta".

La sentencia del TS, además, anula una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) que daba la razón a la Junta y añade que "debe rechazarse la interpretación que hace" el tribunal extremeño que "entiende equivocadamente que la Ley estatal de Horarios Comerciales no establece criterios vinculantes para la declaración de zona de gran afluencia turística".

Según la sentencia del Supremo, el TSJEx "justifica" de forma errónea "la legalidad de la decisión revocatoria impugnada porque se funda en la falta de nexo entre turismo y comercio efectivo". Para el TS "sucede, por el contrario, que la ley estatal ha establecido de manera taxativa que esta concurrencia obliga a la declaración de zona de gran afluencia turística a solicitud de los ayuntamientos".

Asimismo, el Supremo establece que "tal declaración supone la libertad de horarios" y que "la conveniencia de establecer tal libertad horaria no está abierta a una valoración sobre el impacto efectivo que pueda tener dicha declaración en el comercio del ayuntamiento solicitante".

Al respecto, la alcaldesa ha aclarado que "la sentencia establece que la declaración de zona de gran afluencia turística no puede ser revocada, salvo que el ayuntamiento solicite su revocación", y se ha congratulado de la decisión del Supremo, que supone que "la Junta ha cometido un acto ilegal y tendrá que rectificar".

"No puede ser que una administración legisle a su antojo y perjudique a los ciudadanos. La apertura en domingos siempre es beneficiosa para el sector y para dinamizar una ciudad como esta, que es Patrimonio de la Humanidad", ha subrayado la regidora cacereña.

De hecho esa alusión a Patrimonio de la Humanidad ha sido la que ha esgrimido el ayuntamiento durante todo el proceso, ya que "la ley establece que la declaración Unesco debe permitir esta amplitud de horarios".

Nevado ha criticado que la decisión de la Junta "supuso cerrar la puerta a 700.000 turistas que recibe la ciudad al año y a miles de cacereños que realizan las compras fuera de Cáceres".

Asimismo, ha precisado que un 52 por ciento realiza compras fuera de la capital cacereña, y el 40 por ciento afecta al sector textil, con Salamanca como preferencia "ciudad Patrimonio que sí tiene esa libertad horaria".

Nevado ha insistido en que "ahora volvemos a tener una ventaja competitiva para tener un comercio innovador", y que se trata de una decisión que "beneficia al empleo". Para la alcaldesa "es una oportunidad que aprovecharán no solo las grandes superficies, es una oportunidad para la competitividad".

Postura de la Junta

Por su parte, la Junta de Extremadura "asume" la sentencia del Tribunal Supremo que reconoce la calificación de la ciudad de Cáceres como zona de gran afluencia turística, anulando así el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que estimaba la decisión del Gobierno extremeño de no dar esta calificación a la capital cacereña.

El consejero de Economía e Infraestructuras, José Luis Navarro, ha recordado que la Junta no concedió esta catalogación a Cáceres al entender que "no hay automatismo en el hecho de que por ser Ciudad Patrimonio de la Humanidad debe ser considerada como Zona de Gran Afluencia Turística", una decisión que recurrió el Ayuntamiento de Cáceres ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que dio la razón a la Junta; "pero ahora el Supremo entiende que sí hay automatismo entre ambas cosas, y si lo dice el Supremo, hay que asumirlo", ha recalcado, aunque aún no tenía el suficiente conocimiento de la sentencia como para valorarla más en profundidad, ha matizado Navarro.