PROCESO

Tras la aprobación por la Asamblea, el ayuntamiento tiene seis meses para adaptarse a la ley.

DISTRITOS

La ley permite a los ayuntamientos crear distritos dotados de órganos efectivos de gestión para impulsar la participación de los ciudadanos. El pleno de la corporación local deberá determinar qué porcentaje de los presupuestos de la corporación deberán ser gestionados por los distritos.

ASESORIA JURIDICA

La ley obliga a que haya un órgano responsable de la asistencia jurídica al alcalde y órganos municipales, que también se encargará de la representación y defensa en juicio del ayuntamiento, lo que supondrá terminar con el actual sistema de contratación de letrados.

CONSEJO SOCIAL

Tendrá que crearse un consejo social de la ciudad, que estará integrado por las organizaciones económicas, sociales, profesionales y de vecinos, un órgano que emitirá informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo local.

RECLAMACIONES

También se crearía una comisión de sugerencias, que se encargaría de dar cuenta de las quejas que se presenten y de deficiencias que se observen en órganos de funcionamiento del ayuntamiento.