|QP|qoco más de un mes falta para que entre en vigor la Ley que prohibirá fumar en los lugares de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre, centros sanitarios y docentes, zonas destinadas a la atención directa al público, instalaciones deportivas, centros comerciales, ascensores, etc. Según la Ley antitabaco aquellos que fumen cuando utilizan el transporte colectivo urbano e interurbano, las estaciones de autobuses, transportes ferroviarios y marítimo y en todos los vuelos de compañías españolas se arriesgarán a ser multados con cantidades que pueden ir de los 30 a los 600.000 euros. Otra cuestión será cómo poder llevar esta ley a cabo en un país de carácter latino.La Cámara con el fin de informar adecuadamente a las empresas y a los trabajadores del contenido de la ley, del tratamiento así como del procedimiento a seguir ha programado una serie de sesiones informativas. Jornadas que se desarrollarán los días 24 de noviembre en la sede de la Cámara en Cáceres, el 1 de diciembre en la delegación de Plasencia y el 15 de este mes en la delegación de Navalmoral de la Mata. Las tres jornadas darán comienzo a las 20 horas.Las sesiones se realizarán tras la firma de un acuerdo de colaboración al que ha llegado la Cámara de Comercio con la Empresa Fumastop que posibilitará que todas las empresas que realicen su tramitación a través de la Institución accederán a un tratamiento de Deshabituación Tabárica con mayores facilidades.Desde la Cámara |3"se ha apostado por esta medida para aportar soluciones a las empresas de la provincia de Cáceres|"|1, según señalan. El abandono del tabaco por parte de los trabajadores de una empresa conlleva ventajas entre las que se destaca la mejora de su imagen, la disminución de los factores de riesgo laborales, la eliminación de la pérdida de tiempo por el consumo de tabaco, mejores condiciones higiénicas, reducción de los costes sanitarios, mejora de las condiciones de salud de sus trabajadores, reducción de los días de baja y el cumplimiento de la legislación vigente.[wv05]Las multas aplicables en caso de incumplimiento de la ley varían de los 30 a 600 euros para las faltas leves, de los 601 hasta los 10.000 en el caso de las infracciones graves y de los 10.001 hasta los 600.000 para las muy graves.