Es entendible que, después de varios años de conflicto en varios frentes, resulte difícil seguir la batalla judicial alrededor de las elecciones a la Federación Extremeña de Fútbol del 2013. Pero lo que no se puede negar es que la sentencia que se conoció ayer por parte del Juzgado Contencioso/Administrativo número 3 de Mérida supone una derrota para Elisardo Plaza. Según la resolución conocida ayer por este diario, los primeros comicios que se celebraron en marzo de aquel año, y que ganó Plaza, estuvieron bien anulados por parte del Comité de Garantías Electorales de la Junta de Extremadura.

El empresario pacense se impuso a Juan de Dios Monterde, cuyo entorno preparó una reclamación alegando que se habían producido varias irregularidades alrededor de las votaciones. Se aseguraba que se habían presentado sobres y papeletas fuera del modelo oficial y que se habían vulnerado el voto secreto y la delegación de voto.

El órgano competente de la Junta dio la razón a la candidatura perdedora y las elecciones volvieron a convocarse tres meses después, ya sin Monterde optando a la presidencia. Fue entonces cuando Pedro Rocha se sumó a la carrera, consiguió los suficientes apoyos y venció a Plaza, que por su parte impugnó este segundo proceso también por irregularidades. Esa sentencia todavía no se ha hecho pública.

LOS DETALLES / El Ciudad de Plasencia encabezó el recurso que se presentó contra la resolución del Comité de Garantías Electorales, que se produjo el 7 de marzo del 2013, apenas mes y medio después de que Plaza consiguiese el apoyo de al menos dos tercios de los asambleístas elegidos. La Junta dio por buenas las consideraciones de los peritos, que indicaban que se había vulnerado el derecho al voto secreto porque muchos sobres [se ofrece la cifra de 88] y papeletas presentados por los partidarios de Plaza tenían una tonalidad de color distinta y algunas variaciones más respecto a las oficiales.

La candidatura ganadora consideró entonces que el Comité de Garantías Electorales no era competente para tumbar el proceso, aludiendo a que su configuración no se había publicado en el Diario Oficial de Extremadura. La resolución conocida ayer sostiene que eso no tiene consecuencias jurídicas y también da por buenas las tesis que señalan que había «diferencias apreciables con los sobres y las papeletas editados por la Federación Extremeña de Fútbol» y «vulneración del derecho al voto secreto, ya que es fácil identificar en el acto de votación qué tipo de sobre se está utilizando y el posible sentido del mismo al ser identificables los sobres con las candidaturas en liza».

Además, se certifica que «existen muchos documentos de delegación que no son originales», que «la firma del presidente de la entidad delegante no coincide con la de sus DNI» y que «en algunas delegaciones no consta el sello de la entidad delegante».

«Ante tanta irregularidad (...) es obvio que la resolución recurrida es plenamente ajustada a derecho», se concluye. La parte denunciante tendrá además que pagar unas costas judiciales que ascienden a 2.000 euros por todos los conceptos.

La historia, desde luego, no ha terminado. Ante esta decisión cabe presentar recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, aunque se cree que es complicado que el resultado sea distinto debido a que no se pueden presentar nuevas pruebas.