La juez Milagros Aparicio, titular del Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid, decidió estimar parcialmente la petición de medidas cautelares hecha por el candidato a la presidencia del Madrid Ramón Calderón y ha paralizado la recogida de voto por correo de las candidaturas.

La magistrada-juez ordenó a "todas las candidaturas proclamadas" que se "abstengan de continuar con la captación física de votos y su envío al club a través de Correos, ni por ningún otro medio, en tanto la Junta Electoral no dote de garantías efectivas, tanto en lo relativo a la identificación del votante como en la emisión libre, directa y secreta del voto".

La juez argumenta su decisión de estimar parcialmente las demandas de Calderón en que en el proceso electoral "resulta evidente la endeblez de garantías del voto emitido por correo si se compara con el sistema reglado en la Ley Orgánica del Régimen General Electoral". En la norma, según se dice en el auto, se "prohíbe expresamente la admisión a estos efectos de fotocopia del DNI y se exige, entre otros requisitos, la comprobación por el empleado de correos no sólo de la identificación del votante por el DNI sino la coincidencia de firmas entre la que figura en dicho documento y la plasmada en el impreso de solicitud".