Emilio Botín, presidente del banco Santander (SCH), ganó ayer por goleada su primera batalla jurídica importante: los pagos millonarios al excopresidente de la entidad, José María Amusátegui, y al exconsejero delegado Angel Corcóstegui cuando abandonaron sus cargos en el 2001 y en el 2002.

La Audiencia Nacional absolvió ayer a los tres banqueros de los delitos de apropiación indebida y administración desleal de los que habían sido acusados por dos veteranos enemigos de la entidad: Rafael Pérez Escolar, condenado por el caso Banesto, y Juan Francisco Franco. Ambos anunciaron que recurrirán el fallo ante el Tribunal Supremo.

La sentencia rechaza uno a uno los alegatos de las acusaciones --el fiscal pidió la absolución-- y asume abiertamente los de las defensas. Los jueces analizan los contratos suscritos por Botín con Amusátegui y Corcóstegui que recogían sus salarios y sus planes de jubilación tras la fusión en 1999 del Santander y del Central Hispano.

LA EJECUCION Esos contratos se ejecutaron cuando Amusátegui renunció a su cargo en agosto del 2001 porque consideró que la fusión había sido un éxito. Por su parte, Corcóstegui abandonó su puesto en febrero del 2002 "por motivos personales". El excopresidente percibió una gratificación de 43,8 millones de euros brutos (7.287 millones de pesetas) y una pensión vitalicia anual de más de 7 millones de euros. El exconsejero delegado cobró 108,1 millones (17.986 millones de pesetas), que se quedaron en la mitad tras pagar impuestos. Su sueldo en el último año fue de 1,8 millones de euros.

Esos pagos fueron aprobados por el consejo de administración del banco. Los consejeros, según la sentencia, "tuvieron suficientes elementos de juicio para valorar los documentos antes de dar la conformidad". Además, esos contratos fueron aprobados por las juntas de accionistas cuando les fueron presentadas las memorias anuales.

Por ello, la Audiencia Nacional niega que esos pagos puedan ser delictivos. Los jueces afirman que los sueldos de los ejecutivos "dependen del mercado". Sobre su cuantía, el tribunal subraya que los salarios son "un gasto de la sociedad" que "si es posible contrata a los mejores, que perciben retribuciones muy elevadas por desarrollar su función".

EL MERCADO El tribunal sostiene, asimismo, que "no puede suplir los mecanismos de funcionamiento del mercado financiero". Los jueces mantienen que "las remuneraciones deben ser fijadas por quien contrata, es decir, por el consejo que, una vez definidas las necesidades de la empresa, busca al alto ejecutivo que pueda llevarlas a cabo con eficacia y con éxito". Por tanto, el tribunal defiende esos salarios, a pesar de que "puedan sorprender por su cuantía" Para los jueces, José María Amusátegui y Angel Corcóstegui cumplieron "con eficacia" la tarea que se les encomendó: "Convertir al SCH en un grupo financiero de primer orden en el ámbito financiero internacional". Además, consideran que sus sueldos están "en el abanico de las cifras que se manejan para los primeros ejecutivos de grandes empresas internacionales".

Finalmente, para el tribunal, esos pagos no han supuesto una apropiación o distracción del dinero en perjuicio de la sociedad española.