Más del 95% de las gasolineras abanderadas por petroleras y propiedad o en gestión por parte de terceros cuentan con contratos de suministro en exclusiva que pueden ser considerados nulos a la luz de la legislación comunitaria y española de la competencia.

Así lo advierten los servicios jurídicos de la Comisión Nacional de Energía (CNE) en un informe elaborado a petición del consejo de administración de la entidad presidida por Maite Costa. Tres de cada cuatro gasolineras de las tres grandes operadoras --Repsol, Cepsa y BP-- son gestionadas por terceros, unas 4.200, las que pueden estar afectadas.

El informe, que se suma a otros expedientes que estudia la competencia en el sector, supone también la continuación de otro elaborado por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) en el que se alertaba de que en la mayoría de casos, las petroleras fijaban directa o indirectamente el precio de venta. Y eso sucedía aunque el gasolinero fuera un operador económico independiente y no un comisionista o franquiciado. Este mecanismo comercial no está permitido por la normativa europea de la libre concurrencia.

Los servicios jurídicos de la CNE estudian las repercusiones de dos sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) de Luxemburgo sobre los contratos de exclusiva de suministro de Cepsa. Aunque parte de estaciones de servicio abanderadas por la compañía, las conclusiones de los fallos --el último, en septiembre del 2008-- afectan al menos a las otras dos operadoras,Repsol y BP.

Y en la medida en que tengan capacidad de incidir en el mercado, afectan también a las otras operadoras, advierte el estudio y afirman en medios jurídicos vinculados al sector. En ese supuesto, la nulidad contractual afectaría a un mínimo de unas 4.400 gasolineras, que suponen casi la mitad de todo el mercado español (9.046 a 31 de diciembre pasado, según la Asociación de Operadores Petrolíferos). El núcleo de la cuestión son los contratos de suministro en exclusiva firmados antes de la entrada en vigor del reglamento 2790/99 en el 2000.

71% DE LOS PUNTOS DE VENTA

Si a Repsol, Cepsa, BP se agrega Galp, que absorbió las redes de Agip y Esso, estas cuatro operadoras copan 8,5 de cada 10 estaciones de servicio con la marca de una petrolera y suponen el 71% de los puntos de venta.

Los juristas de la CNE concluyen que en la mayoría de los casos, las gasolineras, aunque sean propiedad de terceros, "se encuentran vinculadas a dichos operadores mediante contratos de suministro en exclusiva en régimen de comisión o con precios de reventa recomendados por el operador y, por tanto, les serían de aplicación estos criterios en sede judicial en caso de controversia contractual".

DEFENSA DE LA COMPETENCIA El mismo informe recuerda las conclusiones de la dirección de investigación de la CNC donde se detallaba que "el establecimiento de precios máximos y recomendados a los distribuidores minoristas supone una fijación indirecta de precios de reventa prohibida por el artículo 1 de la ley de defensa de la competencia". Este análisis adquiere aún mayor interés, ya que está previsto que en septiembre se celebre un pleno de la sala primera del Tribunal Supremo para debatir sobre la legalidad del sistema.

Fuentes del sector afirmaron que la Comisión Europea está pendiente de las decisiones del Supremo. En función de ello, "entrará con toda la fuerza en el mercado español de distribución de carburantes", explicaron.