La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha ordenado hoy a Coca-Cola que recoloque en el plazo de tres días a los empleados que despidió en un ERE que ha sido declarado nulo por el Tribunal Supremo y esta sede judicial.

En una resolución, la Audiencia exige también a la embotelladora a que en el mismo plazo precise antigüedad, categoría, salario y "demás condiciones con las que pretenda readmitir a los trabajadores", así como que individualice y cuantifique el importe de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha prevista para la reincorporación.

SENTENCIA DEL SUPREMO

La sala social adopta esta medida en un auto a instancia de distintos sindicatos y tras recibir la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 20 de abril que confirmó otra de la Audiencia Nacional, de junio del pasado año, en la que se declaró nulo el despido colectivo y ordenó a la compañía de bebidas a reincorporar a los trabajadores en sus puestos.

Los magistrados señalan que "en el presente procedimiento concurre la existencia de un título ejecutivo, una sentencia dictada en el procedimiento de despido colectivo en el que se declara nula la decisión empresarial, en la que se condena a la readmisión de los trabajadores ratificada por sentencia del Tribunal Supremo, siendo susceptible de ejecución individual en virtud de lo previsto" en la legislación.

El Tribunal Supremo declaró nulo el ERE porque la empresa contrató los servicios de otros trabajadores cuando sus empleados hicieron una huelga para protestar por los despidos.