El Santander Central Hispano deberá indemnizar con 312.526 euros (52 millones de pesetas) a una empresa inmobiliaria granadina por transferir esa cantidad desde la cuenta de la sociedad a la de uno de los socios sin consultar antes con el administrador único, tal y como estipula el contrato de la cuenta corriente.

Así lo ordena la sección tercera de la Audiencia de Granada en una sentencia que considera que el banco incumplió sus obligaciones con la empresa al actuar contrariamente "a los más elementales principios protectores de la seguridad del tráfico jurídico y de la confianza contractual". Así, la sucursal de Maracena del SCH, en la que existía la cuenta, "atendió las órdenes de la persona que ya no estaba autorizada" para darlas.