Con el apoyo de todos los grupos, el Senado aprobó ayer mejorar la tributación de las indemnizaciones por despidos producidos a través de un expediente de regulación de empleo (ERE). La medida será efectiva para los aprobados después del 6 de marzo del 2009, fecha de aprobación del decreto de medidas para el Fomento del Empleo, que se tramita como proyecto de ley.

En la declaración de la renta sobre el 2009 --a presentar a partir de mayo--, los que hayan sido despedidos debido a un ERE no tendrán que tributar por la indemnización percibida, siempre que ésta no exceda el límite de 45 días por año trabajado, con un tope de 42 mensualidades, que rige para el despido individual improcedente. Con la vieja norma, las indemnizaciones solo están exentas hasta 20 días por año, con un tope de 12 mensualidades.