Los sindicatos, empresarios y el Gobierno cerraron ayer el acuerdo para reformar el mercado laboral. Las partes creen que han logrado un texto equilibrado que impide el abuso de la temporalidad y de las subcontratas, como exigían los sindicatos, con el fomento de la contratación indefinida y la rebaja de cuotas que pedían los empresarios.

El documento de reforma laboral quedó finalmente redactado ayer por la tarde aunque falta que CCOO y UGT lo presenten el lunes ante sus órganos ejecutivos con el fin de que lo aprueben y pueda ser firmado en el acto que se celebrará el 9 de mayo.

El secretario general de Empleo, Valeriano Gómez, reveló ayer la necesidad de que las nuevas normas que regularán el mercado laboral estén en vigor lo antes posible para evitar un periodo de "interinidad" e "incertidumbre" entre los empresarios. Por eso avanzó que el Gobierno transformará este acuerdo en un decreto ley que entrará en vigor el próximo 1 de julio.

HASTA EL 31 DE DICIEMBRE A partir de esta fecha, los empresarios que quieran recibir subvenciones por la conversión de trabajadores temporales en fijos deberán haberlos contratado antes del 1 de junio de este año y tendrán de plazo para hacerlo hasta el 31 de diciembre. Las ayudas de esta amnistía ascenderán a 800 euros y durarán tres años.

A partir de esa fecha las ayudas del Gobierno se destinarán únicamente a las contrataciones directas de trabajadores fijos porque el acuerdo estima que prologar los incentivos de las conversiones provoca que el empresario primero contrate al trabajador temporalmente.

Las bonificaciones a la contratación indefinida directa irán desde los 500 a los 3.200 euros según si el trabajador es mujer, joven o está en situación de discapacidad. Se podrá recibir ayudas excepcionalmente si se contrata temporalmente a mujeres víctimas de violencia de género o a excluidos sociales si hay compromiso de convertirlos en fijos.

Aunque no recibirán bonificaciones por ello, los empresarios han conseguido que los temporales contratados antes del 31 de diciembre del 2007 puedan convertirse en fijos dentro de la modalidad de contrato cuya indemnización es más barata ya que su límite son 33 días por año trabajado en vez de los 45 días del contrato indefinido ordinario. Esta posibilidad existía hasta el 2003 pero el Gobierno la había retirado y ahora la restablece.

Para reducir la temporalidad, el acuerdo prevé otras medidas entre las que destaca la obligación de convertir en indefinido a un trabajador que lleve 30 meses en la misma empresa soportando dos o más contratos temporales con duración de dos años. Si se trata de un puesto de trabajo fijo ocupado alternativamente por varios trabajadores temporales --incluidos los que son contratados a través de ETT-- se negociarán en el convenio colectivo.

SIN RETROACTIVIDAD Esta medida, que contaba inicialmente con la oposición patronal, no tendrá carácter retroactivo y comenzará a contar el 1 de julio a partir del último contrato temporal que tenga el trabajador.

Los empresarios también aceptaron que los representantes de los trabajadores ejerzan un control sobre las subcontratas y que se exija a la empresa principal un libro de registro en donde aparezcan reflejadas. Además se reforzarán los efectivos de la inspección de Trabajo y los sindicatos participarán en órganos consultivos en las autonomías.