Madrid ha agitado el panorama tributario autonómico con la exención del pago de impuestos a todas las donaciones realizadas entre familiares directos (cónyuges, hijos y descendientes en general) desde el pasado 1 de enero. La comunidad presidida por Esperanza Aguirre (PP) ha activado un proceso que parece un camino irreversible hacia el desmantelamiento de los tributos de sucesiones y donaciones, gravamen cedido a las autonomías en el régimen de financiación actual, según el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

Las herencias también son fruto de un movimiento de rebaja que exime a la mayoría de los contribuyentes en numerosas autonomías y ha desatado una fuerte competencia entre territorios. La medida de la comunidad madrileña bonifica con una reducción del 99% el pago del impuesto de donaciones a las transmisiones entre personas vivas recibidas por hijos, descendientes o cónyuges.

La norma, recogida en la ley de acompañamiento de los presupuestos para el 2006, tan sólo requiere que el donatario sea residente en la comunidad. Sólo en Aragón (gobernada por el PSOE y el PAR) se ha aprobado una medida similar, con una reducción del 95% para las donaciones de padres a hijos, pero con sumas limitadas, al igual que se hizo en su día en Cataluña cuando gobernaba CiU. En Valencia (PP), la ventaja se limita a los descendientes.

TRIBUTACION EN EL IRPF En los despachos y asesorías se prevén herencias en vida, es decir transmisiones de viviendas y de activos financieros sin fallecimiento de por medio. La única contrapartida consiste en que la donación tributa en el IRPF del beneficiario como aumento patrimonial.

En Madrid se producirá una sorprendente diferenciación entre sucesiones y donaciones a lo largo de este año. Un mismo bien podrá tributar si es heredado --con una exención por los primeros 100.000 euros (el doble que el año pasado)--, mientras que quedará exento si es donado. En todo caso, el año que viene también las herencias entre parientes directos quedarán exentas, según afirmó un portavoz de la consejería de Hacienda.

TRASPASO DE EMPRESAS El objetivo de la exención de las donaciones no es sólo eximir del pago a las ayudas que los padres dan a los hijos para comprar vivienda, sino "estimularlas en los negocios familiares en los que el padre quiera, antes de la edad de jubilación, transmitir la empresa a un hijo". Como ejemplo ponen un negocio valorado en 360.000 euros donado por el titular con menos de 65 años a su hijo. Hasta el 2005, pagaba 70.731 euros. Ahora sólo tendrá que liquidar 707 (el 1% de la cuota), en concepto de control tributario, según las mismas fuentes.

En el 2004 hubo 2.573 declarantes de donaciones en Madrid. El beneficio estimado de la medida es de unos 25 millones de euros, si bien está previsto que el volumen de transmisiones entre vivos crezca considerablemente gracias a la exención. En cuanto a las herencias, el beneficio previsto es de 115 millones y el colectivo exento, el 95% del total, según la consejería.