LA UPTA HA ENVIADO UNA PROPUESTA A LA COMISION DE TRABAJO QUE ELABORA EL DOCUMENTO PARA CREAR EL SEGURO DE PARO DEL COLECTIVO

BASE DE COTIZACION

Proponen que se estipule una base mínima de cotización común y obligatoria para tener derecho a esta prestación y otra complementaria, variable y voluntaria. El seguro de paro solo se concederá si el cese de actividad es involuntario y no imputable al autónomo. Deberá acreditarse presentando documentos que demuestren alguno de estos supuestos: pérdidas durante dos años seguidos superiores al 30% de los ingresos, reclamaciones por deudas que supongan al menos el 50% de ingresos, declaración de concurso, cuatro meses sin facturación o el fin involuntario de la relación mercantil.

EL DERECHO

Podrán cobrar el paro los autónomos que hayan cotizado un mínimo de un año ininterrumpido. La prestación durará un máximo de 12 meses para quienes hayan cotizado tres años. Las cuantías se incrementarán en función de las cargas familiares y la prestación mínima podría ser el 75% de la base de cotización del mes anterior al cese de actividad durante los primeros seis meses y el 60% los seis restantes. Tanto la UPTA como la ATA proponen que las mutuas de accidentes de trabajo gestionen la prestación.