El Tribunal Supremo exige que los sueldos de los consejeros de las empresas consten en los estatutos de la sociedad para que puedan ser deducidos en el impuesto de sociedades. Además, impone que los salarios aparezcan "en los estatutos con certeza", ya que no basta una mención a los mismos. Así consta en una sentencia dictada por la sala contenciosa administrativa del alto tribunal, que resuelve un recurso presentado por la empresa cervecera Mahou.

El Supremo explica ahora que para deducir el salario de los miembros del consejo de administración es necesario que los estatutos "prevean el quantum de la remuneración o, al menos, los criterios que permitan determinar perfectamente, sin ningún margen de discrecionalidad, su cuantía".

El alto tribunal también rechaza que se puedan deducir fiscalmente los salarios del presidente, vicepresidente y consejero delegado de una empresa porque su relación con la sociedad es mercantil, no laboral. Por ello, rechaza que puedan tener contrato de alta dirección.