El Tribunal Supremo confirmó la sentencia de un juzgado de León que reconoce el derecho de cobrar pensión por incapacidad permanente a un albañil colombiano que estaba empleado a pesar de no tener permiso de residencia ni de trabajo. José U. V. tuvo un accidente en octubre de 1999 que le causó una incapacidad permanente absoluta. El juez de León condenó al constructor a pagar una pensión mensual de 973,58 euros y subsidiariamente la Seguridad Social.