LAS MAS RECIENTES

La primera remisión de datos de las aseguradoras al nuevo registro deberá producirse con los contratos firmados desde el 15 de mayo del 2006 hasta la actualidad, es decir, los más recientes, según establece el borrador de reglamento. Estas pólizas tendrán que integrarse en el nuevo censo en el plazo máximo de 45 días naturales tras la entrada en vigor del reglamento, lo que supone que ya deberían figurar a partir de mayo.

TODAS LAS ANTERIORES

La segunda remisión de datos afectará a todas las pólizas suscritas hasta el 15 de mayo del 2006, es decir, todas las existentes hasta aquella fecha. El borrador de decreto establece el 15 de mayo del 2007 como fecha límite para haber hecho ese traslado de información.

TARJETAS DE CREDITO

El tercer gran bloque corresponde a los contratos de seguros de vida o accidentes vinculados a tarjetas de crédito. Para remitir los datos, las compañías dispondrán de un año a partir de la entrada en vigor del reglamento, hasta la primavera del 2008. Se supone que se trata de una casuística mucho más complicada que la de los seguros directos.

ACTUALIZACION

Una vez puesto en marcha y normalizado el registro, las aseguradoras deberán actualizar los datos cada semana dando información sobre altas, modificaciones y bajas de contratos.