El Tribunal Constitucional declaró ayer contrario a la Carta Magna el decreto ley de reforma laboral de mayo del 2002, con el que el Gobierno de mayoría absoluta de José María Aznar quiso imponer una drástica reforma del despido y de la protección por desempleo, sin diálogo social. El tribunal ha declarado inconstitucional el conocido como decretazo por no entender justificada la urgencia que se alegó para aprobar la norma por decreto, al margen del diálogo social y del trámite parlamentario.

En principio, la sentencia apenas conlleva efectos prácticos, pues el decreto fue retirado por el Gobierno del PP tras la huelga general del 20-J. Su principal valor es que supone un espaldarazo del Constitucional al diálogo social, como método para las relaciones laborales, y un revolcón a los métodos "autoritarios" --en expresión de IU--, como los utilizados entonces por el PP. Para el PSOE, la sentencia "supone la desautorización radical y completa a la política social que practicó el PP con mayoría absoluta". Para el PP, la sentencia alude "solo a la forma" y "no se puede decir que el tribunal haya anulado la reforma laboral del PP".

El decretazo desencadenó la única huelga general de 24 horas que tuvo que afrontar un Gobierno de Aznar (la del 20-J del 2002). La protesta, a su vez, provocó el cese del ministro de Trabajo, Juan Carlos Aparicio (el 9 de julio), pese a que habían sido el propio presidente Aznar y el vicepresidente, Rodrigo Rato, quienes decidieron romper un diálogo social e imponer la reforma por decreto, con efectos inmediatos. Aparicio fue sustituido por Eduardo Zaplana. La crisis se saldó con la anulación del polémico decretazo y la tramitación de un proyecto de ley en el Parlamento, del que desaparecieron los aspectos conflictivos.

PETICION ESTIMADA Cinco años después, el tribunal ha estimado la petición de inconstitucionalidad presentada por la Junta de Andalucía y por diputados del PSOE, IU y Grupo Mixto. Según la sentencia, el Gobierno del PP se escudó en razones de una "extrema ambigüedad" para justificar la urgencia de esta norma, como "la cambiante situación de la economía internacional".

"La principal enseñanza de la sentencia es que si alguien quiere hacer reformas por esta vía no solo va a tener en frente a los trabajadores, sino al Tribunal Constitucional", resumió ayer Toni Ferrer, de UGT. "Es una sentencia doblemente satisfactoria --añadió Fernando Lezcano, de CCOO-- porque nos da la razón respecto a los argumentos que esgrimimos en ese momento y porque señala que en un Estado social y de derecho como el nuestro lo que corresponde es usar la vía del diálogo social".