La Audiencia Nacional castigó ayer con 2.775 años de cárcel a dos etarras que iban a colocar sendas maletas con 54 kilos de explosivos para que estallaran en la estación madrileña de Chamartín en la Nochebuena del 2003. Aunque la policía evitó el atentado al detener en San Sebastián a uno de ellos y desactivar la otra en Burgos tras detener el tren, los jueces consideran que los etarras buscaban provocar una masacre.

La defensa de Gorka Loran y Garikoitz Arraurte sostuvo en el juicio que la intención de ETA no era provocar una matanza, sino sólo causar daños materiales. Los letrados aseguraron que la banda iba a avisar de la colocación del explosivo 45 minutos antes de que estallara y que la carga iba a explotar cuando el tren hubiera llegado a su destino. Por ello, calificó los hechos como un delito de estragos en grado de tentativa.

Sin embargo, el tribunal rechaza esa tesis tras un análisis "deductivo". Los jueces afirman que "la naturaleza" de ETA "es matar", lo que "es sabido por la totalidad de la población". Por ello, creen que ése "era el fin" que buscaba al poner explosivos en un tren "en marcha con 184 pasajeros" y en un día en que "la aglomeración de personas es extraordinaria en la estación principal de ferrocarril de Madrid".

Por tanto, el tribunal sostiene que los condenados asumieron que podían provocar "una masacre", ya que pertenecen a una organización "que ha cometido cerca de mil asesinatos, muchos de ellos usando explosivos y dirigidos contra personas indeterminadas que causaron decenas de muertes". Concluyen así que "está al alcance de la mente menos lúcida" que esa acción podía provocar "la muerte de los ocupantes del tren". Con este argumento, el tribunal justifica la pena impuesta, ya que afirma que los autores "deben responder penalmente" de esa posibilidad, aunque no se produjera.

FIAMBRERA EN LOS RAILES Por contra, los jueces descartan calificar como un delito de estragos el colocar una fiambrera en los raíles de un tren el 7 de diciembre del 2003 porque sólo levantó la vía 47 centímetros. Ese hecho, según el tribunal, no afectó a la vida "de los viajeros de cualquier tren que pudiera pasar por allí".

La sentencia no alude al hecho de que la última matanza indiscriminada de ETA fue la de Hipercor en Barcelona en 1989. Tampoco a las consecuencias políticas del caso juzgado cuando el PP se refirió al intento de ETA de hacer explotar bombas en trenes como la demostración de que no era descabellado pensar en ella como autora de los atentados del 11 de marzo del 2004, atribuibles a Al Qaeda.