La sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decretado la ilicitud y disolución de Gestoras Pro Amnistía y de su sucesora Askatasuna al condenar a penas de entre 8 y 10 años de cárcel a 21 de sus dirigentes por integración en ETA, entre ellos a su portavoz Juan María Olano.

Tras notificar la sentencia, el tribunal, a petición del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, ha enviado a prisión a doce de los 21 condenados y ha ordenado la busca y captura de otro de ellos, Joseba Iñaki Reta, que no compareció a la lectura del fallo que tuvo lugar en el pabellón de la Casa de Campo en el que se celebró el juicio. A los otros ocho condenados les ha dejado en libertad con comparecencias, ya que la ley establece que no deben ingresar en prisión hasta que el Tribunal Supremo resuelva los recursos de casación al haber cumplido en prisión preventiva la mitad de la pena impuesta.

La sentencia, que ha sido acordada por unanimidad de los tres magistrados que componen el tribunal -Teresa Palacios (presidenta y ponente), Juan Francisco Martel y Paloma González Pastor-, determina que Gestoras "es una organización terrorista" que establece objetivos para ETA, pero descarta que coordine las acciones de "kale borroka" y que capte "a personas para integrarse en ETA".

Según el tribunal, "es claro que para Gestoras Pro Amnistía, ETA no es sólo una facción armada sino que es el frente político", ya que es la que establece "los objetivos estratégicos" de los sectores que se someten a ella. En este sentido, añade, ETA se vale de Gestoras "para hacer llegar a los presos las instrucciones a las que han de someterse, pues, de no cumplirse y en caso de manifestarse contrarios a la lucha armada, se procede a la expulsión de la militancia, por adoptar soluciones personales y derivadas del rechazo a la misma".

A Gestoras le corresponde entonces "señalar públicamente, aunque en términos fundamentalmente políticos, a toda persona, grupo, organización y partido político a los que les hacen responsables del marco que no logran alcanzar". Sin embargo, descarta que, tal y como mantenían las acusaciones -Fiscalía y Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT)-, el asesinato del magistrado de la Audiencia Provincial de Vizcaya José María Lidón, el 7 de noviembre de 2001, sea fruto de un previo señalamiento de Gestoras porque ETA no lo necesita "para perpetrar atentados con resultado de muerte a persona a quien se proponga".

Respecto a Askatasuna, el tribunal explica que su "ideación" no es "espontánea, ni casual" sino que "forma parte del proyecto político" de ETA, motivo por el que también ha decretado su ilicitud.

Como responsables de esta estrategia, la sección cuarta ha condenado a la máxima pena, 10 años de prisión, a la cúpula nacional de Gestoras -compuesta por Juan María Olano, Julen Zelarain y Aitor Ángel Jugo-, mientras que a otros 18 dirigentes provinciales y de área les ha condenado a una pena de 8 años de cárcel y ha absuelto a otros tres procesados que se suman a los otros tres a los que el fiscal ya retiró la acusación poco antes de que el juicio acabara.

Mientras se despedían los condenados que iban a ingresar en prisión de los acusados que habían quedado en libertad, una de las procesadas profirió un estridente irrintzi, grito ancestral de comunicación vasco. Minutos antes también se despidieron entre besos y lágrimas de sus familiares, a los que el tribunal permitió permanecer con ellos en una sala mientras decidía sobre su ingreso en prisión.