El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decidió ayer asumir el control de la concesión de beneficios penitenciarios a los etarras. La decisión se produce para evitar situaciones como la de Iñaki de Juana Chaos, que fue jefe del comando Madrid , cuya excarcelación estaba prevista para el 9 de febrero tras cumplir 18 años de prisión pese a que fue condenado a unos 3.000. Al final, De Juana Chaos permanecerá preso al haber sido imputado por otros delitos.

Tras cinco reuniones, los magistrados de la Audiencia alcanzaron un acuerdo en el que comunican que ellos tienen la última palabra sobre la excarcelación de esos internos. El pleno invoca varios preceptos legales que establecen que las liquidaciones de las condenas, es decir, el momento en que un preso puede recuperar la libertad, corresponde a la Audiencia Nacional, al tratarse del tribunal que impuso la pena.

UNICOS CUALIFICADOS Por ello, consideran que son los únicos cualificados para conceder redenciones ordinarias y extraordinarias y niegan que los jueces de vigilancia penitenciaria y las Audiencias Provinciales pueden realizar esa función. Esa era la práctica habitual hasta mayo del 2003, cuando se creó un juzgado de vigilancia penitenciaria en la Audiencia Nacional.

El pleno decidió que, "antes de aprobar la libertad definitiva" de un etarra, los jueces que le condenaron "deberán constatar la regularidad de los periodos de cumplimiento que se certifican por la prisión y la aplicación de cuantos beneficios penitenciarios hayan supuesto rebaja del tiempo efectivo de cumplimiento". Para realizar ese control, la Audiencia Nacional reclama a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias que le envíe los expedientes de los internos dos meses antes de la propuesta de excarcelación.

Además, los jueces han decidido "no reconocer" como beneficios penitenciarios las redenciones de condena concedidas a los etarras que fueron condenados por el Código Penal de 1973, como es el caso de De Juana Chaos. Ese texto permitía reducciones de condenas de forma sistemática, como la llamada redención de patio, que permitía a los internos reducir un día de su condena por cada dos de internamiento. Para evitar abusos, la Audiencia Nacional ha decidido pedir "toda la documentación" dictada por los jueces que avalaron esas reducciones, para plantear que fueron acordadas por tribunales que no eran competentes y que se dejen sin efecto.

Los jueces también han acordado que pueden anular otros beneficios que fueron obtenidos "en fraude de ley".