La Constitución europea aporta los instrumentos que necesitaba la Unión Europea (UE) para poder actuar con más eficacia en el mundo para afianzar la paz y la seguridad internacional. La Constitución crea una presidencia estable de la UE y un ministro europeo de Asuntos Exteriores. Además de desarrollar la política europea de defensa, la Constitución incluye unas cláusulas de solidaridad y apoyo mutuo entre los estados miembros en caso de ataque terrorista o militar.

1¿Cuáles serán las funciones del nuevo presidente?

La Constitución crea la presidencia estable de la UE, en sustitución del actual sistema de presidencias semestrales rotatorias, para dar un mayor impulso político y coherencia interna a la Unión. Esta es una de las grandes innovaciones institucionales de la Constitución de la UE. El presidente será elegido por el Consejo Europeo, cumbre de jefes de Estado y de Gobierno, por mayoría cualificada y con un mandato de dos años y medio de duración, que podrá ser renovado una sola vez (artículo I-22).

El presidente de la UE no podrá ejercer ningún mandato nacional durante su cargo. Así, será un verdadero presidente de la UE, con mayor visibilidad e independencia, y no el mero presidente del Gobierno de un Estado miembro dedicado sólo parcialmente a la UE. Sus funciones serán presidir el Consejo Europeo, facilitar la cohesión y el consenso entre los estados miembros, supervisar el desarrollo y aplicación de las directrices pactadas y dar un impulso político al proceso de integración europea.

El presidente de la UE, que no ejercerá funciones ejecutivas, asumirá la representación exterior de la UE al máximo nivel, "sin perjuicio de las atribuciones del ministro de Asuntos Exteriores de la UE" (I-22). La práctica mostrará si surgen o no conflictos de competencias entre ambos cargos.

Las presidencias de los Consejos de Ministros sectoriales de la UE serán desempeñadas por los diferentes estados miembros mediante un sistema semestral rotatorio e igualitario similar al actual, excepto la presidencia del Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores (artículo I-24).

2¿Cuál será el papel del ministro de Asuntos Exteriores?

La creación del ministro europeo de Asuntos Exteriores es otra de las grandes innovaciones de la Constitución. El nuevo cargo resulta de la fusión de los dos puestos actuales de Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común y de comisario europeo de Relaciones Exteriores. El objetivo es reforzar la eficacia y la visibilidad de la actuación exterior de la UE para desempeñar su papel de potencia internacional que le corresponde.

El ministro de Asuntos Exteriores será elegido por mayoría cualificada por el Consejo Europeo, presidirá el Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores de la UE y será también vicepresidente de la Comisión Europea (artículo I-28). Esa doble función, en el Consejo y en la Comisión Europea, le permitirá participar decisivamente en el diseño de la política exterior y coordinar y supervisar después su ejecución por la UE. Los líderes europeos acordaron que el actual responsable de la política exterior, Javier Solana, sea el primer ministro de Asuntos Exteriores al entrar en vigor la Constitución.

El ministro de Asuntos Exteriores dirigirá la política exterior y la política de defensa de la UE, con capacidad para presentar propuestas e iniciativas (III-296). Las decisiones de política exterior y de defensa seguirán adoptándose por unanimidad (III-300). La acción exterior de la UE se orientará a mantener la paz, prevenir los conflictos, fortalecer la seguridad internacional, apoyar la democracia y los derechos humanos, ayudar al desarrollo y respetar el derecho internacional (III-292).

3¿Cómo se articulará la nueva política de defensa europea?

La Constitución de la UE da un impulso decisivo para desarrollar una política de defensa europea, con capacidad para respaldar con medios militares la actuación diplomática de la Unión Europea. La nueva política es el resultado de las traumáticas lecciones extraídas de la parálisis europea durante las guerras de los Balcanes de la pasada década y de la voluntad de afianzar una independencia política de la UE en la escena internacional frente a la hegemonía norteamericana.

La Unión Europea se dotará de "una capacidad operativa en medios civiles y militares" para poder actuar "en misiones fuera de la UE que tengan por objetivo el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el fortalecimiento de la seguridad internacional, conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas" (artículo I-41). Estas operaciones podrán incluir misiones de combate para la gestión de crisis y el restablecimiento de la paz y misiones de lucha antiterrorista (III-309).

La política de defensa europea respetará las diferentes tradiciones de los estados miembros (países neutrales) y los compromisos de los estados integrantes de la OTAN (I-41). Los estados de la UE que dispongan de las capacidades militares necesarias podrán crear estructuras comunes permanentes de defensa, que estarán abiertas a la participación de los otros miembros (III-312).

La Constitución establece la creación de una Agencia Europea de Defensa para coordinar la compra de armamentos, fortalecer la industria europea e impulsar el desarrollo tecnológico (I-41 y III-311).

4¿Qué son las cláusulas de solidaridad?

La Constitución introduce dos cláusulas muy importantes de solidaridad entre los estados miembros de la UE en caso de ataque militar o terrorista y en el caso de una catástrofe, que refuerzan la cohesión interna y la integración política europea. "Si un estado miembro es objeto de una agresión armada en su territorio, los demás estados miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance" (artículo I-41).

La UE y sus estados miembros también "actuarán conjuntamente con espíritu de solidaridad si un estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano" (I-43). La UE movilizará "todos los instrumentos de que disponga, incluidos los militares" para prevenir la amenaza terrorista, proteger las instituciones democráticas y la población civil y prestar asistencia al Estado afectado.

La solidaridad de la UE no se limita a sus estados miembros, sino que se extiende a todo el mundo, mediante una política de desarrollo encaminada a reducir y erradicar la pobreza (III-292 y III-316), que incluirá una ayuda económica, financiera y técnica a los países en desarrollo (III-319).

La Unión Europea también mantendrá una activa política de ayuda humanitaria para socorrer a las poblaciones de países extracomunitarios víctimas de catástrofes naturales o de origen humano (III-292 y III- 321). La UE y sus miembros aportan actualmente más de la mitad de la ayuda mundial al desarrollo.