Los magistrados del Tribunal Constitucional se pusieron ayer de acuerdo para dar la cara por la institución, pero dejaron en el aire si acatan la sentencia del Supremo que les condenó a pagar un total de 5.500 euros por inadmitir un recurso de un abogado. Los 11 condenados firmaron un acuerdo, por unanimidad, en el que acusan al Supremo de haberse extralimitado y de haber invadido sus funciones.

Casi dos semanas han necesitado los magistrados del alto tribunal para alcanzar un acuerdo en el que no aclaran si van a pagar su condena o van a recurrirla. Por contra, optaron por ofrecer una lección de derecho a sus colegas del Supremo sobre los distintos papeles que juegan ambas instancias judiciales.

CENSURA Los condenados descalifican a sus colegas del Supremo por haber revisado una de sus decisiones. Y les recriminan que esa revisión la hayan hecho en "términos de grave e inequívoca censura". Por ello, subrayan que el Supremo ha puesto en peligro "la función jurisdiccional de amparo".

También les recriminan que hayan invadido las "competencias que sólo al Constitucional le corresponden", ya que sostienen que el Supremo escrutó, "sin reserva alguna", las resoluciones de un proceso que ellos habían dado por concluido.

Por este motivo, acusan a sus colegas de "situarse en la posición de un tribunal de grado superior", al asumir funciones de control o revisión de las resoluciones que han dictado en el legítimo ejercicio de la función jurisdiccional que, "de manera exclusiva y excluyente" les viene atribuida por la Constitución.

Además, los condenados subrayan que las decisiones que adoptan son "materia vedada" a la jurisdicción ordinaria, "incluido el Supremo". Y rechazan que sus colegas están facultados para enjuiciar "la juricidad de las resoluciones del Constitucional" aunque sea para pronunciarse sobre la exigencia de responsabilidad civil que reclamó el abogado José Luis Mazón.

DESCONOCIMIENTO Los condenados aseguran que "el desconocimiento de esta clara delimitación" por el Supremo "incurre en una invasión de las funciones jurisdiccionales constitucionalmente atribuidas al Tribunal Constitucional". Por ello, sostienen que su condena es "una clara extralimitación competencial y correlativa invasión de nuestras exclusivas competencias y atribuciones constitucionales".

Para los jueces castigados, ésta es la única interpretación posible, ya que de lo contrario se privaría al Constitucional de su calidad de "supremo intérprete de la Constitución", como le reconoce la Carta Magna y "podría enervar el amparo constitucional tal y como lo configura aquélla".

Además, los magistrados del Constitucional rechazan su condena "con serenidad" porque ha supuesto "la utilización de la vía civil como indebida prolongación del recurso de amparo".