La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo contra Batasuna ha tardado seis años en salir. Todos los políticos, menos los miembros y simpatizantes de la fuerza ilegal, recibieron el fallo con satisfacción, aunque el PNV pidió tiempo y los partidos independentistas se desmarcaron de la celebración general. Estrasburgo, con su decisión, legitima la lucha de España contra ETA.

El Tribunal Europeo rechaza sin contemplaciones la pretensión de Batasuna, que pidió la anulación de su ilegalización dictada por el Supremo en el 2003 y ratificada por el Constitucional en el 2004 por entender que esta medida vulneraba su derecho a la libertad de expresión y de asociación.

Para Estrasburgo la expulsión de esta fuerza era una "necesidad social imperiosa" para acabar con el "gran peligro" que suponía para la democracia española. Los jueces europeos afirman que Batasuna era un instrumento de ETA y que esta relación "se puede considerar objetivamente como una amenaza".

LOS MOTIVOS Los magistrados explican que la democracia se enriquece con las opiniones que se manifiestan desde el diálogo y sin recurrir a la violencia. Por ello, defiende que se ilegalice a los partidos cuyos responsables "proponen un proyecto político que no respeta una o varias reglas de la democracia" o que propugna la destrucción de la misma al "ignorar" los derechos y libertades de los ciudadanos.

Además, estos comportamientos --a juicio de Estrasburgo-- pueden "provocar movimientos violentos en la sociedad que perturbarían el orden público". Por ello, rechaza que el Gobierno español pretenda con la ilegalización de Batasuna "eliminar cualquier debate relativo a la izquierda independentista vasca".

Asimismo, Estrasburgo aclara a Batasuna que su anulación se justifica por la multitud de declaraciones de sus dirigentes, como su portavoz, Arnaldo Otegi, en las que se defendió "la lucha armada como la única vía". Estas actividades, en opinión del tribunal, han sobrepasado los límites. Por ello, rechaza que su anulación obedezca a su negativa a rechazar la violencia.

Sin embargo, Estrasburgo advierte a la fuerza ilegalizada de que, si esta fuera la única causa para decretar su disolución, también contaría con su visto bueno. "Algunos silencios" --dice el fallo-- "pueden equivaler a tomas de posición" y ser tan claros como un "apoyo explícito".

Además, el tribunal europeo defiende la "intervención preventiva del Estado" para evitar la realización de "un proyecto político incompatible" con las reglas democráticas y que, además, tiene el riesgo de "comprometer la paz civil". Por ello, defiende que los estados exijan a las fuerzas políticas que respeten y "salvaguarden los derechos y libertades" de los ciudadanos y que su programa político no "contradiga los principios fundamentales de la democracia".

EL PROCEDIMIENTO Además, Estrasburgo rechaza que la ley de partidos políticos, aprobada en el 2002, les haya impedido defenderse. Por contra, el tribunal argumenta que el texto legal les explicó "suficientemente" los comportamientos que podían "provocar su disolución o su suspensión judicial". Y también avala que se les haya podido aplicar retroactivamente la ley.