«Volvemos a vivir los últimos días de la CataluÑa republicana», «el plan Moncloa triunfa», «los nuestros nos han sacrificado», «esto se ha acabado»... Los mensajes cazados por un cámara de Telecinco del expresidente Carles Puigdemont, al exconsejero Toni Comín en un acto en Bélgica han sacudido mediáticamente la actualidad del proceso secesionista en Cataluña.

El debate sobre las consecuencias políticas de esta información, si Comín era consciente o no de que estaba siendo grabado o la ética del proceder de los periodistas de Telecinco darían (y fácilmente darán) para extensos debates y artículos. Pero, ¿es legal difundirlos?

El abogado de Toni Comín, Gonzalo Boye, ha afirmado que la publicación de dichos mensajes es una vulneración al derecho a la intimidad, en tanto que el intercambio se enmarca en una conversación privada y se extrae de un vídeo que graba la pantalla del teléfono personal de Comín. Argumento que rebaten la actual presidenta de la sección de derechos de la propiedad intelectual y derechos de imagen del Colegio de Abogados de Barcelona, Marta Insúa, y su predecesor en el cargo, Jordi Bacaria. «A pesar de que las comunicaciones telefónicas son algo privado, la información que se extrae de ellas es de interés público y no incluye ningún dato de estricto carácter personal», afirma Insúa. Prevalece, según su criterio, el derecho a la información sobre el de la intimidad.

Proceder legal

El método de obtención de las imágenes -un vídeo grabado por un cámara en un acto público- tampoco sería constitutivo de delito, en opinión de Bacaria. «No hay intercepción, ya que no se le ha pinchado ni robado el móvil», comenta el letrado. Bacaria pone como ejemplo una captación similar que afectó al que fue presidente del grupo parlamentario del PP, Daniel Sirera, que fue fotografiado mientras escribía en su teléfono móvil: «Este partido es una mierda». Caso que no acabó en condena alguna.

Otro de los argumentos del abogado defensor de Comín es que es irrelevante que la grabación se realizara en un lugar público, ya que implicaba la intimidad del móvil. El exconsejero «no puede aducir expectativa de intimidad, en tanto que se encontraba en un acto público y rodeado de periodistas. Diferente sería si las grabaciones se hubieran realizado en la intimidad de su domicilio o en una habitación de hotel», comenta Bacaria.

«No es diferente de que si el periodista hubiera escuchado dichos comentarios en una conversación verbal, tanto presencial, como a distancia, entre Puigdemont y Comín», secunda la experta en propiedad intelectual y derechos de imagen. Insúa diferencia la filtración del intercambio entre los miembros del Gobierno cesado de otro célebre mensaje telefónico, el «Sé fuerte, Luís», de Rajoy a Bárcenas. Diferente, en tanto que dicha información fue fruto de la filtración de un sumario judicial.