La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional impuso el pasado viernes al etarra Diego Ugarte López de Arcaute una orden de alejamiento por cinco años de los familiares del que fuera portavoz del Grupo Socialista en el Parlamento vasco, Fernando Buesa, y de su escolta, Jorge Díez, en cuyo asesinato participó Ugarte el 22 de febrero del 2000, según recoge la sentencia. Es la primera vez que un tribunal aplica esta medida.

El etarra, que ha sido condenado a 100 años y 9 meses de prisión por estos crímenes, no podrá tampoco residir en el lugar en el que se cometió el delito (Vitoria) ni en la población en la que se encuentre el domicilio de los familiares de las víctimas durante un plazo de cinco años. Este periodo de alejamiento empezará a contarse una vez haya finalizado el cumplimiento íntegro de la pena privativa de libertad impuesta.

El ministerio público pidió en esta causa, por primera vez, la orden de alejamiento, cumpliendo así la instrucción del Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, para evitar situaciones como la que sufre la viuda de Ramón Baglietto, asesinado por un comando etarra en 1980, cuyo asesino está fuera de prisión y ha instalado un negocio enfrente de su casa.

COMPUTO SOBRE EL TOTAL Asimismo, la sentencia especifica que para aplicar beneficios penitenciarios y conceder la libertad condicional a Ugarte, el cómputo se hará sobre la totalidad de la pena impuesta, es decir, los 100 años y 9 meses. Antes de a Ugarte, la Audiencia Nacional ya condenó por el asesinato de Buesa y Díez a Asier Carrera y Luis Mariñelarena.