Dos semanas después de que Arnaldo Otegi ingresase en prisión para cumplir una pena de 15 meses de cárcel por enaltecimiento del terrorismo, el Tribunal Supremo hizo pública ayer su sentencia de tan solo 19 folios. En la resolución explica que el líder aberzale superó los límites de derecho a la libertad de expresión por glosar "la personalidad terrorista" de José Miguel Beñaran, Argala.

Para los jueces del alto tribunal, Argala tuvo una "enorme relevancia" en la jefatura de ETA. En ese cargo, añade el fallo, defendió el ejercicio de la violencia contra "la vida y la integridad corporal de las personas, para conseguir los objetivos políticos".

Además, los magistrados afirman que Otegi participó de forma "destacada" en el acto de homenaje de ese etarra, celebrado en el 2003, como portavoz de la ilegalizada Batasuna. Sin embargo, sus manifestaciones no estaban protegidas por ser parlamentario de la Cámara vasca.

Este cargo le permitía "participar en los asuntos públicos". Pero el Supremo sostiene que "en una sociedad democrática, determinadas restricciones a la libertad de expresión pueden ser legítimas y necesarias ante conductas que puedan incitar a la violencia o que puedan provocar especial impacto dentro de un contexto terrorista". Por ello, afirma que las manifestaciones de Otegi son constitutivas de un delito de enaltecimiento del terrorismo.