El Tribunal Supremo acordó ayer dar un plazo de 10 días a Acción Nacionalista Vasca (ANV) y al Partido Comunista de las Tierras Vascas (EHAK) antes de acordar la disolución de sus 125 grupos municipales en el País Vasco y Navarra y del grupo parlamentario en la Cámara vasca. Por el contrario, el magistrado Manuel Marchena anunció un voto particular por entender que la sala especial del alto tribunal estaba facultada para ordenar esta disolución sin necesidad de escuchar a las formaciones ilegalizadas el septiembre pasado.

Los jueces atendieron los argumentos del abogado del Estado y del fiscal, que les reclamaron la ejecución de la sentencia de ilegalización de ANV y EHAK. La sala especial del alto tribunal no podía acordar este paso de oficio sino que debía esperar a que se lo solicitasen, tal y como establece la ley de partidos políticos.

La reunión fue presidida por Carlos Dívar. La mayoría de los jueces invocó una sentencia del Tribunal Constitucional del 2007 de la que se desprende que antes de ordenar la disolución de grupos parlamentarios o municipales es necesario oír las alegaciones de los partidos afectados. Por ello, dio un plazo de 10 días a ANV y EHAK, para que efectúen "las manifestaciones que a su derecho convenga".

El magistrado Marchena defendió la postura contraria. En su opinión, no era necesario conceder este plazo, ya que entendió que la sentencia del Tribunal Constitucional no lo ordena. Sin embargo, sus compañeros realizaron otra interpretación y optaron por aplicar esta doctrina por entender que la interpretación de las leyes se debe realizar de acuerdo con la jurisprudencia del alto tribunal. El abogado del Estado y la fiscalía han reclamado al alto tribunal la disolución de los grupos municipales de ANV en 125 ayuntamientos y su pase al grupo de no adscritos con el fin de que no perciban subvenciones públicas. La misma medida reclamó para el grupo parlamentario de EHAK.