El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia el derecho de un ciudadano a reclamar una indemnización por las dilaciones indebidas en que incurrió el expresidente del Tribunal Constitucional (TC) Manuel Jiménez de Parga, que tuvo "paralizado" un asunto durante casi tres años.

Aunque el recurrente solicitaba 372.022,94 euros en concepto de daños morales y materiales, la resolución del Supremo dice que deberá plantear esa reclamación al Consejo de Ministros, como cualquier otra que pretenda la declaración de la responsabilidad patrimonial del Estado por la actuación de los poderes públicos.

El hombre recurrió en amparo en 1999 su despido y el Constitucional, al año siguiente, inadmitió el recurso. Tras ello, recusó a dos de los magistrados y en octubre del 2001 el pleno designó a Jiménez de Parga como ponente. En junio del 2004 Jiménez de Parga cesó en su cargo sin resolver la recusación; y en octubre el tribunal acordó la inadmisión.