El Tribunal Supremo acordó ayer la ilegalización de Batasuna por ser el "brazo político" de ETA. La decisión fue adoptada por unanimidad de los 16 magistrados que componen la sala especial, a falta de dos meses para las elecciones municipales. El fallo obliga a Interior a excluir del registro de partidos a la formación radical. El Estado se hará cargo del patrimonio de la formación disuelta.

El fallo fue comunicado por el presidente del Tribunal Supremo y ponente de la sentencia, Francisco José Hernando, quien exhibió ante los medios de comunicación su satisfacción por la rapidez del acuerdo. Los jueces han necesitado sólo cinco jornadas para lograr su veredicto. Los argumentos de la sentencia no se harán públicos hasta la próxima semana una vez que Hernando haya pasado a limpio los argumentos de la sentencia.

La resolución se apoya, al menos, en cinco argumentos:

LA TRAYECTORIA. Para los jueces, ETA creó Batasuna como su "brazo político," mientras que la organización terrorista se reservó el papel de la lucha armada. Los magistrados han llegado a esa conclusión tras analizar la revista Zutabe (boletín interno de la organización terrorista), de la que se extrae que ETA controla a Batasuna.

JURISPRUDENCIA. El alto tribunal ha utilizado la doctrina del Tribunal Constitucional, que el pasado miércoles avaló la ley de partidos políticos. Además, ha tenido en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ratificó la prohibición de varios partidos turcos por la ilegalidad de los fines que defendían, que ponían en peligro total o parcialmente la subsistencia del orden democrático.

CLIMA DE TERROR. Los magistrados tratan someramente en la resolución las actuaciones de la formación radical en contra de otros partidos políticos, aunque han tenido en cuenta el testimonio del alcalde de Vitoria, Alfonso Alonso, del PP, y de la alcaldesa de Lasarte, Ana Urchueguía, del PSE, que comparecieron en el proceso del ilegalización el pasado 13 de enero. Alonso declaró que "hasta los niños de pecho saben que la formación radical es parte de ETA". Por su parte, Urchueguía afirmó que Batasuna "es la trama política de ETA". Además, ambos narraron el acoso a que les someten los miembros de Batasuna en sus respectivas corporaciones.

NO CONDENAR ATENTADOS. El alto tribunal ha sentenciado que el silencio ante atentados terroristas no es motivo de ilegalización, pero sí la defensa de los fines de la banda, que según el tribunal no son otros que el terror. Los jueces han concluido que las declaraciones de los dirigentes de la formación radical fomentan o legitiman la violencia. En concreto, los magistrados han tomado en cuenta las declaraciones de los dirigentes de Batasuna Antton Morcillo, Joseba Permach y Arnaldo Otegi, que atribuyen la comisión de atentados a la falta de solución de "un conflicto político" y al mantenimiento de una política que "no conduce a ninguna parte" y que "va a alargar" el conflicto.

LEGALIDAD DE LA LEY. El Tribunal Supremo defiende la existencia de esta ley, ya que la Constitución --al contrario que en otros países, como Alemania-- no establece un mecanismo para borrar del registro a un partido que defiende la violencia. Por ello, los magistrados consideran que la ley de partidos políticos complementa a la Constitución. Los jueces no han analizado en sus deliberaciones los delitos en que han podido incurrir los dirigentes de Batasuna, como exaltación al terrorismo, ya que la Audiencia Nacional tiene abierto un proceso penal contra esas personas. Tampoco han aplicado la ley con carácter retroactivo y sólo han analizado las conductas de Batasuna desde que entró en vigor la norma, el 28 de junio.