El Tribunal Supremo anuló, esta madrugada, 133 de las 256 candidaturas que presenta Acción Nacionalista Vasca (ANV) para las elecciones del día 27. En la sentencia, los jueces reprochan al fiscal y al Gobierno que no hayan instado la ilegalización de ese partido, aunque aclaran que aceptan tramitar sus demandas por la vía de la ejecución de la sentencia que ilegalizó a Batasuna en el 2003.

El Gobierno se sintió satisfecho con la decisión judicial pues se temían que el Supremo fuera más allá de sus pretensiones como pretendió un sector de jueces, de mayoría conservadora, que llegó a plantear la posibilidad de que el alto tribunal actuará de oficio e iniciara el proceso de ilegalización.

LA SOLUCION Sin embargo, en las siete horas que duró el debate, el resto de los jueces logró reconducir la situación y firmaron, por unanimidad, una sentencia en la que anulan las candidaturas propuestas por los servicios jurídicos del Estado y por la fiscalía por entender que habían sido "infiltradas" por Batasuna para no ser ilegalizadas.

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado conservador Angel Calderón, se explica que "el cauce" elegido por la fiscalía y la abogacía del Estado para reclamar la anulación de esas listas no era el apropiado, ya que la ley no ha previsto la actuación de esta sala para actuar contra candidaturas de un partido legal sino contra las agrupaciones electorales. Por ello, aclaran que el fiscal y el abogado del Estado debían haber solicitado prohibir ANV.

Sin embargo, el alto tribunal resuelve este problema procesal con un interpretación de la ley de partidos y considera que es competente para resolver esta cuestión para verificar si las listas impugnadas "son una continuidad" de Batasuna.

Los magistrados subrayan que la ley de partidos políticos no prevé la impugnación de candidaturas de un partido legal, pero afirma que si hubieran decidido no actuar en este caso "se abriría de forma indiscriminada la legitimación para cuestionar las candidaturas a otros partidos (...) permitiéndose con ello la impugnación de terceros" cuando los únicos que pueden plantear la impugnación son el fiscal y el abogado del Estado.

LOS MOTIVOS Tras resolver esta cuestión, los jueces no tuvieron dificultades para establecer que las listas denunciadas por el fiscal y el abogado del Estado han sido usadas por Batasuna "para continuar su actuación política a través de ellas".

También asumen que Batasuna "diseñó" una estrategia electoral que ha consistido "en una planificada penetración de sus miembros" en las listas de ANV "con la finalidad de instrumentalizar su personalidad jurídica a fin de perpetuar la actividad de aquella organización ilegal en la vida política".

Por ello, los jueces aseguran que las pruebas revelan "de forma inequívoca y manifiesta que el proceso de conformación de las candidaturas de ANV ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes" de la ilegalizada Batasuna.

Por este motivo, los magistrados rechazan las alegaciones de ese partido que negó la influencia de la fuerza ilegal. Por contra, la sala remarca que en esas candidaturas se incluye un "cierto número de candidatos del entorno" de Batasuna. Para los jueces este hecho revela que las listas anuladas son "continuadoras" de la "asignación funcional de tareas" de ETA. También evidencian que la banda mantiene unas "intensísimas" relaciones de jerarquía con sus "organizaciones satélite" y con sus "miembros o militantes".