El Tribunal Constitucional (TC) considera que la ley de igualdad no solo cumple la Carta Magna, sino que es "imprescindible" en un contexto en que la legislación "persigue la superación de una realidad social caracterizada por la menor presencia de la mujer en la vida pública". Estos argumentos figuran en la sentencia hecha pública ayer en virtud de la cual los magistrados rechazan el recurso del PP contra una de las leyes estrella del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que impone la paridad sexual en las candidaturas.

El TC dio a conocer el fallo el martes pasado, y ayer expuso los argumentos. Los jueces desestiman tanto el recurso del PP como la cuestión de inconstitucional planteada por un juzgado de Tenerife contra la anulación de una candidatura popular que estaba integrada por mujeres.

Tanto los diputados conservadores como el juez tinerfeño argumentaban que la imposición legislativa viola artículos de la Constitución, entre ellos el principio de igualdad y la libertad ideológica. Pero el TC considera que la norma pretende "servirse de los partidos" para lograr que la división natural de sexos existente en la sociedad se traslade a los órganos políticos, ya que las mujeres "siempre" han estado postergadas en este ámbito. Asimismo, según el fallo, la imposición garantiza que las formaciones políticas compartan "una representación integradora de ambos sexos que es irrenunciable para el Gobierno de una sociedad que así está compuesta".

SIN DISCRIMINACION Los jueces creen que la norma no es peyorativa para los hombres ni establece una discriminación compensatoria en favor de las mujeres, dado que la regla de que las listas no pueden tener más del 60% de cada sexo tiene un efecto "bidireccional", es decir, beneficia a ambos: "No se trata de una medida basada en los criterios de mayoría y minoría, sino atendiendo a un criterio el sexo que divide a toda la sociedad".