La Audiencia Provincial de Alava ha condenado a los exdirectores del Centro Superior de Información de la Defensa (Cesid) Emilio Alonso Manglano y Javier Calderón a penas de tres años de prisión y ocho de inhabilitación por las escuchas ilegales a la sede de la ahora ilegalizada Herri Batasuna (HB) en Vitoria, descubiertas en 1998.

El tribunal, en la sentencia notificada ayer, también declara culpables a los agentes Mario Cantero González y Francisco Buján González, a los que responsabiliza de ser los autores materiales de las escuchas. A ambos les condena a dos años y medio de prisión y a seis de inhabilitación absoluta. Otros dos agentes imputados por la acusación particular, Víctor Casterán y Francisco Millán, han sido absueltos.

La sentencia establece además una indemnización solidaria a favor de las tres personas que denunciaron las escuchas de 6.000 euros (un millón de pesetas) para cada uno de ellos, así como la responsabilidad civil del Estado.

SOFISTICADOS EQUIPOS

El caso, juzgado a mediados del pasado mes de marzo, saltó a la luz hace cinco años cuando se descubrió, de forma fortuita, que todas las líneas telefónicas y de los ordenadores de la centralita de la sede de HB en Vitoria estaban derivadas hacia el piso superior. En esta vivienda se localizó un sofisticado equipo de escucha y grabación. En otro piso de un edificio cercano se grababan imágenes de las personas que acudían a la sede de HB. Al parecer las escuchas podrían haberse producido entre 1994 y 1998.

El fallo judicial sostiene que estas actividades delictivas "solamente pudieron realizarse a través de unas órdenes concretas, de las personas que dieron su pleno consentimiento y facilitaron los medios materiales y económicos para realizarlas".

Así, la Audiencia determina que Manglano, director del Cesid (ahora CNI) desde 1988 hasta 1995, "conoció, apoyó y facilitó los medios necesarios para realizar estas actividades" con la intención de "controlar la actividad política de sus miembros y cargos públicos". La sentencia añade que Calderón, director del servicio de espionaje español cuando se descubrieron las escuchas, "conoció la existencia del operativo" y "aseguró" su ejecución.

SEGURIDAD NACIONAL

El magistrado, que en la sentencia se queja del bloqueo que ha sufrido la instrucción del caso, concluye que estas actuaciones delictivas no se pueden justificar "en el intento de salvaguardar la seguridad nacional, colocando ésta por encima del derecho a la intimidad y del secreto de las conversaciones telefónicas".

La Abogacía del Estado y la Fiscalía anunciaron que presentarán recursos de casación ante el Tribunal Supremo. El abogado del Estado recurrirá la totalidad de la condena, ya que su posición en el juicio fue considerar no acreditada la interceptación de comunicaciones, mientras que la Fiscalía limitará su recurso, previsiblemente, a la condena de Manglano y Calderón.