La "transparencia de la vida pública", entendida como antídoto de la corrupción, fue una de las banderas que izó Zapatero para alcanzar el poder. Y al llegar a la Moncloa hizo honor a su palabra: sometió a los altos cargos del Gobierno a un código ético, endureció por ley su régimen de incompatibilidades y reguló el poder local para poner coto a los trapicheos urbanísticos. Pero, cuatro años después, el balance del ambicioso plan anticorrupción de Zapatero es más bien magro: el Ejecutivo ha paralizado las medidas estrella que aprobó la pasada legislatura.

Viernes, 10 de diciembre del 2004. Solo ocho meses después de asumir la cartera de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, ufano, presentaba ante el Consejo de Ministros una exhaustiva batería de medidas destinadas a cumplir el programa electoral del PSOE sobre regeneración democrática. El documento constaba de tres apartados: un "programa de actuaciones para el buen gobierno"; un "Código del buen gobierno"; y el proyecto de ley que regulaba los conflictos de intereses de los miembros y altos cargos de la Administración.

El Gobierno publicó en el BOE su flamante código ético, que condenaba a quienes lo vulnerasen a la inhabilitación para ocupar cargos públicos. Al tiempo, remitió al Congreso el citado proyecto de ley, que imponía a los altos cargos "dedicación exclusiva" a la actividad pública; les prohibía aceptar obsequios; y, como medida más llamativa, forzaba a ministros y secretarios de Estado a publicar en el BOE su registro de actividades, bienes y derechos patrimoniales. Medida, esta última, orientada a arrojar luz sobre el patrimonio de los gobernantes y conjurar la codiciosa tentación del poder.

La ley de conflictos de intereses entró en vigor el 10 de abril del 2006, pero los altos cargos que debían publicitar sus patrimonios a través del BOE jamás lo han hecho. ¿La razón? Que el artículo 15.4 de la ley establecía que se produciría "en los términos previstos reglamentariamente", y el reglamento jamás ha llegado al Consejo de Ministros.

CALENDARIO TAXATIVO Este olvido cobra mayor relevancia por cuanto la propia ley establecía un calendario taxativo aunque burlado: "El Gobierno aprobará en el plazo de cuatro meses ... las normas reglamentarias que exija la aplicación y desarrollo de esta ley." El plazo legal expiró el 10 de agosto del 2006, hace justamente dos años.

Aunque el 25 de octubre el ministro Sevilla envió un borrador del decreto al Consejo de Estado, que el 21 de diciembre avaló el texto, el reglamento se perdió. Antes de cesar, el 9 de julio del 2007, Sevilla tuvo seis meses para aprobarlo, y su sustituta, Elena Salgado, lleva ya 13 meses en el cargo sin hacer nada al respecto. Lo que ha hecho ha sido que la Oficina de Conflictos de Intereses informe semestralmente al Congreso sobre el cumplimiento del régimen de incompatibilidades de los altos cargos, como dicta la ley. Pero ningún informe ha llegado a la Cámara baja.

Similar suerte han corrido las leyes contra la corrupción municipal. La reformada ley del suelo obligaba a alcaldes y concejales a hacer pública cada año su declaración de bienes, pero "en los términos fijados en el Estatuto municipal". Como tal figura se regulaba en la ley de régimen local, que no se llegó a aprobar en la pasada legislatura, esta laguna jurídica exime a los ediles de cumplir este mandato legal. Solo lo hacen, por voluntad propia, los de Gijón y Valencia.