Nueve de cada 10 extremeños son los que utilizan ya el sistema de borrador para hacer su declaración de la renta. Así lo reflejan los datos de la Agencia Tributaria, que según informó ayer ha recibido hasta el momento en Extremadura casi 387.000 peticiones de borradores de renta, lo que teniendo en cuenta que en la pasada campaña de la renta se presentaron en la región 423.900, suponen el 91% del total.

En concreto, la Agencia Tributaria informó ayer, día en que se abría el plazo para confirmar los borradores de la declaración, que hasta finales de marzo se han recibido en Extremadura 386.908 peticiones de borradores, lo que supone un 28,90% más que en el mismo período del 2007, cuando se formalizaron 300.160 demandas.

Por provincias, el incremento ha sido mayor en la de Badajoz, donde se han solicitado 227.196, un 30,32% más que en el mismo periodo del año anterior, en el que fueron 174.330; mientras que en la de Cáceres han sido este año 159.712, un 26,93% más que en el 2007, año en el que los cacereños presentaron 125.830.

En el conjunto del país la Agencia Tributaria había recibido hasta el 31 de marzo 14.218.982 peticiones de borradores de la declaración de la renta del 2007, lo que representa un incremento del 33,7% respecto al mismo periodo del año pasado. La inmensa mayoría de ellos, exactamente 13.874.320 borradores (un 97,58%), fueron solicitados con la presentación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del año anterior, mientras que 244.662 (tan solo un 2,42%) han sido solicitados en el pasado mes de marzo.

ANTES DE LA DECLARACION Tras informar del número de peticiones de borradores de renta recibidos, la Agencia Estatal de Administración Tributaria informó de que ayer, martes 1 de abril, comenzaba el plazo para confirmar dichos borradores, y que este estará abierto hasta el próximo 30 de junio --último día de la campaña de renta--, "salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso el plazo concluirá el 23 de junio".

Pero antes de confirmar el borrador, se advierte por la Agencia Tributaria, el contribuyente debe revisarlo para completarlo o rectificarlo, "ya que la confirmación del borrador supone la presentación de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas"; al tiempo que se informa, también, que para ello, para confirmar el borrador, existen varias vías según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago.

Así, el borrador podrá confirmarse, tanto si el resultado es a devolver como a ingresar, a través de la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), por teléfono (901 200 345), o en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las comunidades autónomas, siempre que se domicilie el pago; y, en el caso de que no se domicilie: en cajeros automáticos, en las oficinas de las entidades financieras colaboradoras y por banca electrónica o telefónica. Solo en el caso de las declaraciones a devolver puede realizarse la confirmación también por teléfono (901 12 12 24) o por SMS (5025).

Para confirmar el borrador, como ya se ha advertido, el contribuyente debe revisar los datos que en él aparecen y, si está de acuerdo, dar su aprobación, de forma que su declaración quedará presentada en ese momento. Si considera que falta algún dato y quiere completar el borrador o modificar alguno de los que aparecen, debe hacerlo antes de confirmarlo. En el caso de modificación del borrador, esta puede realizarse por internet, por teléfono (901 200 345), personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria o en entidades colaboradoras.

Se informó, por último, que, "con el fin de facilitar la declaración de la renta al mayor número posible", se ha ampliado el ámbito de contribuyentes con posibilidad de recibir el borrador, y elaborado un modelo, denominado Borrador de declaración pendiente de rectificar "para evitar confusión con el general", que no puede ser confirmado directamente, sino que es preciso que el contribuyente complete algún dato. "Una vez completado, este borrador puede confirmarse".