El Consejo de Gobierno aprobó ayer un decreto que regula la prestación del servicio de transporte escolar a todo el alumnado de los centros docentes públicos de la región en las debidas condiciones de seguridad y calidad. Además, esta norma se hacía necesaria para adaptar este servicio a la Ley Orgánica de Educación (LOE). Así, se podrá prestar a través de cinco modalidades: rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación; convenios con entidades locales e instituciones sin ánimo de lucro; por medio de las ayudas específicas que convoque la Junta; mediante la contratación de las plazas necesarias en servicios de transporte público de línea regular permanente; y por prestación directa del servicio, a través de una empresa pública de carácter mixto o no.

Durante el presente curso se beneficiarán 18.889 alumnos del servicio de transporte escolar gratuito, que se hace extensible por primera vez a los estudiantes de Bachillerato y Formación Profesional. La consejería ha establecido para este curso 648 rutas escolares. De acuerdo con el decreto, Educación planificará las rutas para cada curso escolar, pudiéndose agrupar por zonas, cada una de las cuales serán objeto de adjudicación individual.

En este sentido, la nueva normativa establece que la duración máxima del viaje en las rutas contratadas por la consejería no podrá superar los 45 minutos en cada sentido, y que solo excepcionalmente podrán autorizarse itinerarios superiores a 45 minutos y sin que superen los 60 en ningún caso. Esta cuestión ya se venía aplicando.

EL ACOMPAÑANTE Otra cuestión que queda regulada es la labor que debe desarrollar el acompañante del servicio de transporte escolar, que atenderá a los alumnos desde el momento en el que se suben al autobús hasta la entrada y salida del recinto escolar. Además, velará por su seguridad en las paradas establecidas, hará cumplir los derechos y deberes del alumnado durante la prestación de este servicio y asegurará el cumplimiento de las normas de uso y utilización del vehículo por parte del alumnado.

Entre las obligaciones del acompañante figuran comprobar que solo utiliza el servicio el alumnado beneficiario del mismo y que ocupen sus asientos antes de que el vehículo inicie la marcha, atender al alumnado en posibles situaciones de accidentes, asegurar que todo el material escolar se coloca en lugares adecuados, ayudar a subir y bajar del vehículo a estudiantes con déficit de movilidad y/o visión y asignar las plazas que deben ocupar los alumnos.

El Consejo de Gobierno autorizó en julio pasado la contratación de este servicio para los próximos cuatros cursos por 69,4 millones de euros, y el de acompañante de transporte escolar en las 520 rutas de más de ocho alumnos para los próximos tres cursos por 4,5 millones.