Los trabajadores agrarios percibirán un día de protección por cada tres cotizados. Hasta ahora debían trabajar cuatro días para obtener un día.
Se eliminan los límites fijados en 2002 a los trabajadores eventuales para percibir la renta agraria
Las jornadas exigidas para acceder al subsidio y a la renta agraria se reducen de las 35 actuales a 25, para aquellos trabajadores eventuales que residen en los municipios afectados por heladas.
Se amplía el plazo de la baja automática en el censo agrario de 3 a 6 meses para los trabajadores con dedicación exclusiva a otras actividades no agrarias. Se agiliza también su reincorporación.